Viedma: Reglamento de inscripción en el Registro Provisorio de Medios de Comunicación
Por tal motivo, los medios deberán completar el
“Formulario IAII” que tendrá carácter de Declaración Jurada, que se
encuentra disponible en la página institucional del Gobierno de Río
Negro www.rionegro.gov.ar y enviarlo por correo postal a Laprida Nº 212
(CP 8500), de Viedma.
Se tomará como fecha de inscripción, la que figure como de recepción en
la Subsecretaría y deberá ser acompañado por documentación
respaldatoria, con detalles del tipo de medio de comunicación.
En este sentido, de acuerdo a los tarifarios en vigencia del año en curso, deberá especificarse en el caso de prensa gráfica, el formato, detalle montos por páginas a un color ó a todo color, ubicación, frecuencia y cantidad de la tirada.
En este sentido, de acuerdo a los tarifarios en vigencia del año en curso, deberá especificarse en el caso de prensa gráfica, el formato, detalle montos por páginas a un color ó a todo color, ubicación, frecuencia y cantidad de la tirada.
En el caso de los sitios WEB y Blogs, indicar dominio y hosting, monto
por pixels, vertical u horizontal; y en radios consignar el tipo,
Amplitud Modulada (AM) o Frecuencia Modulada (FM), la frecuencia en la
que transmite, consignar monto del segundo por franja horaria y
programación, grilla de programación, alcance de radio de antena,
dominio del sitio web, en el caso de transmitir por Internet.
Asimismo, en el caso de la televisión, se deberá consignar tipo
(abierto/circuito de cable ), número de canal, monto del segundo por
franja horaria y programación, grilla de programación y dominio del
sitio en caso de subir la señal a Internet.
Finalmente, en el caso de la publicidad en la vía pública, se deberá informar el tamaño, ubicación y monto de la cartelería, tipo (móvil, fija, paneles, etc) y en el cine; los días y horarios de función y monto por segundo.Cabe señalar que se deberá adjuntar también fotocopias de formulario de inscripción en AFIP, último recibo de pago al día, número de CUIT; fotocopias de formulario de inscripción en Rentas Provincial, Ingresos Brutos, último recibo de pago al día y en el caso de que la empresa no esté radicada en la Provincia de Río Negro, deberá presentar copia de inscripción de Convenio Multilateral.
Finalmente, en el caso de la publicidad en la vía pública, se deberá informar el tamaño, ubicación y monto de la cartelería, tipo (móvil, fija, paneles, etc) y en el cine; los días y horarios de función y monto por segundo.Cabe señalar que se deberá adjuntar también fotocopias de formulario de inscripción en AFIP, último recibo de pago al día, número de CUIT; fotocopias de formulario de inscripción en Rentas Provincial, Ingresos Brutos, último recibo de pago al día y en el caso de que la empresa no esté radicada en la Provincia de Río Negro, deberá presentar copia de inscripción de Convenio Multilateral.
Por su parte, en caso de los sitios WEB, autorización de dominio de NIC
Argentina, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto; copia de Habilitación Comercial Municipal y
fotocopia membrete de factura.
Los datos consignados en la presentación deben actualizarse ante cualquier modificación en los datos presentados, tanto del formulario de inscripción como de la documentación respaldatoria requerida, siendo obligación y responsabilidad del medio realizar la nueva presentación que deberá ser informada dentro de un lapso no mayor a diez días de producida la misma.
Informó además la Subsecretaría de Medios, que la omisión de esos cambios podrá generar la suspensión como proveedor en el ámbito de la Subsecretaría. Asimismo, los medios que deban tener licencias del Comité Federal de Radiodifusión quedarán sujetos a lo que indica la Ley Nº 4391, Disposiciones Transitorias, Artículo 16º.
Finalmente, no serán autorizados a la Inscripción en el registro aquellas solicitudes que no presenten alguna de las documentaciones respaldatorias ó se encuentre incompleto en cualquiera de sus partes del formulario IAII. (PRENSA RN).
Los datos consignados en la presentación deben actualizarse ante cualquier modificación en los datos presentados, tanto del formulario de inscripción como de la documentación respaldatoria requerida, siendo obligación y responsabilidad del medio realizar la nueva presentación que deberá ser informada dentro de un lapso no mayor a diez días de producida la misma.
Informó además la Subsecretaría de Medios, que la omisión de esos cambios podrá generar la suspensión como proveedor en el ámbito de la Subsecretaría. Asimismo, los medios que deban tener licencias del Comité Federal de Radiodifusión quedarán sujetos a lo que indica la Ley Nº 4391, Disposiciones Transitorias, Artículo 16º.
Finalmente, no serán autorizados a la Inscripción en el registro aquellas solicitudes que no presenten alguna de las documentaciones respaldatorias ó se encuentre incompleto en cualquiera de sus partes del formulario IAII. (PRENSA RN).
Fuente: http://www.appnoticias.com.ar
0 comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]
<< Inicio