Ley de Medios: una sentencia neutra que exige celeridad, la lectura de especialistas sobre el fallo
Diferentes constitucionalistas y figuras del ámbito judicial analizaron el fallo que emitió la Corte Suprema a propósito de la resolución de la Ley de Medios. ¿Qué interpretación se hizo desde el oficialismo?
Paralelamente, exigió a la Cámara en lo Contencioso Administrativo que "proceda con carácter urgente" al sorteo de jueces subrogantes requeridos para resolver sobre la medida cautelar que mantiene la desinversión frenada hasta el 7D.
Puntos de vista:
Gregorio Badeni, constitucionalista
Badeni explicó a Infobae que “no hay que buscar perjudicados” en este fallo: “No hay que hacer lecturas extrañas”, insistió.
Enfatizó que la Corte Suprema dijo que “lo que corresponde es que se dicte sentencia lo antes posible, porque considerando el tiempo que ha transcurrido acá lo que hay es una clara denegación de justicia.
Además del llamado para que el magistrado Horacio Alfonso se expida, Badeni remarcó que el tribunal indicó que “corresponde que se integre la Cámara Federal en lo Civil y Comercial para tratar el recurso de apelación que planteó Clarín por las medidas cautelares”. Eso quiere decir –precisó– que la sala debe integrarse inmediatamente después de las dilaciones que generaron las recusaciones contra magistrados.
“Acá la Corte hizo valer el principio de autoridad”, señaló Badeni al explicar el procedimiento. “Lo que la Corte ve es que se está politizando un expediente judicial” y por eso tomó esta decisión, añadió.
El experto dijo que cuando se habla de “plazos razonables” se espera una sentencia urgente. “La Corte no quiere jugar con el 7-D”, indicó.
Según el constitucionalista, sea cual fuere la sentencia de Alfonso, va a haber una apelación. En ese sentido, admitió que es posible que se intente en ese caso apelar alper saltum para que el máximo tribunal se expida al respecto, aunque observó que usualmente lo que se hace es presentar ambos pedidos a la vez, de modo que, en caso de ser rechazada la solicitud por la Corte, no se pierda el plazo de apelación.
Felix Loñ, constitucionalista
En diálogo con Infobae, Loñ indicó que lo que ha dicho la Corte es “que habiendo transcurrido sin haberse dictado la sentencia de fondo hay una denegación de justicia”.
“La Corte dice que no se debe seguir prolongando”, indicó Loñ, para quien se trata de un fallo “razonable”. El máximo tribunal “ha puesto un poco de cordura en este caso”, destacó.
A su juicio, cualquiera sea el fallo del magistrado “la parte afectada va apelar”, y esa apelación implicará “la suspensión de la ejecución de la sentencia”. “Eso significa que no va a poder cumplirse la sentencia, sea a favor del Estado y en contra de Clarín o al revés”, explicó. “El 7 de diciembre pueden quedar las cosas como están”, añadió.
Loñ reconoció que, en lugar de apelar a la instancia siguiente, las partes podrían valerse del recientemente sancionado recurso de per saltum para que la Corte se ocupe del tema. Sin embargo, advirtió que lo que hizo este fallo es intentar ordenar el proceso.
“Lo que quiere la Corte es que queden habilitados todos los caminos judiciales”, indicó.
Daniel Sabsay, constitucionalista
“Me parece positivo que en el primer considerando se esté ordenando al juez de primera instancia que dicte una sentencia definitiva”, explicó Sabsay, quien remarcó que “la Corte nada dice sobre la cautelar”, y “tampoco da un plazo perentorio”.
“Aunque se lograse (un fallo) antes del 7 de diciembre, eso va a ser apelado”, indicó, y advirtió que es por eso que el tribunal supremo se encarga de hacer un llamado de integración para la Cámara Civil y Comercial, cuya sala I recibirá la demanda en caso de una apelación.
Sabsay subrayó que es muy posible que la apelación deje sin efecto la sentencia del magistrado de primera instancia. “Todo eso está sujeto al alcance que le dé el juez”, dijo.
En su opinión, lo que hace este fallo es “reconstruir el orden natural de las instancias judiciales”, señaló.
El especialista remarcó que “esto tampoco soluciona la cuestión y no se pronuncia sobre el accionar del Poder Ejecutivo sobre el fuero de la sala primera de la Cámara Civil y Comercial”. “Eso me parece muy grave, no olvidemos la cantidad de jueces que se vieron obligados a alejarse de la causa”.
Jorge G. Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
“La Corte le pidió al juez de primera instancia que resuelva la cuestión de fondo, es decir que no acepta la solicitud de Clarín, o por lo menos no resuelve directamente sobre su pedido de ampliar la cautelar, e insta al juez Alfonso a dictar lo antes posible el fallo sobre el tema central, es decir, que dicte sentencia y no que se expida sobre cuestiones de forma.
“El fallo anterior de la Corte planteaba suspender los efectos del artículo 161 de la ley hasta tanto se dictaminara en la cuestión de fondo.
“Aquel fallo y éste son complementarios; de hecho, para mí estaría prorrogando esa suspensión, pero en esto va a haber media biblioteca de un lado y media del otro, porque no resuelve sobre eso, no dice una sola palabra sobre la medida cautelar.
“En definitiva, lo que está diciendo la Corte es “apúrense”, porque no podemos seguirsine die, sin plazos, o sin que la cautelar tenga fecha de terminación. Esto tiene que terminar, y el modo de terminarlo es con una sentencia.
“La sentencia la puede dictar el juez en 48 horas. No sé cómo está el expediente, pero calculo que debe estar en estado de dictar sentencia. Tiene los plazos para hacerlo. A favor o en contra, eso es aparte. Si no lo hiciera, creo que van a persistir los efectos de la cautelar, pero, insisto, hay media biblioteca que va a decir lo contrario.
“Lo bueno de este fallo es que la Corte no se ha dejado presionar, ni por el Gobierno ni por los grupos económicos y ha dado una nueva señal de independencia”.
Guillermo Lipera, presidente de la asociación “Será Justicia”
“A los efectos del 7D, el fallo de la Corte es neutro.
“La Corte está reiterando lo que dijo en su fallo anterior, en el cual adelantó un año la fecha de vencimiento de la cautelar. Dicho sea de paso, si la Corte no hubiese adelantado el plazo, hubiéramos tenido sentencia de fondo, no se hubiera armado todo este lío".
“En el fallo anterior la Corte dijo que tenía que haber sentencia de fondo y sobre la cautelar para que no hubiera denegación de justicia. Ahora lo reitera, pide premura para sacar el fallo. Que el juez de primera instancia y la Cámara se apuren para resolver lo que tengan que resolver.
“Pero no dice si se extiende o no la cautelar. Sólo dice 'apúrense a resolver lo que tengan que resolver'. También está diciendo que no debe haber ninguna expectativa en la Corte porque ésta no va a intervenir hasta que no tenga un fallo de Cámara”.
Jorge Grispo, abogado
“No será sencillo para nuestro más alto tribunal transitar la línea que se ha propuesto, tironeada por una fuerte contradicción de intereses en juego. De un lado las pretensiones de nuestro gobierno nacional; del otro, las de uno de los grupos económicos más emblemáticos de los últimos tiempos".
“Nuestro más alto tribunal ha dispuesto que, en primer lugar, resulta imprescindible e impostergable 'el inmediato dictado de la sentencia definitiva' por parte del juez de primera instancia; ha priorizado 'la rápida finalización del proceso'”.
“Con este objetivo en miras, el máximo tribunal destacó que las partes y terceros deberán observar el cumplimiento estricto del deber de buena fe procesal, es decir que deberán actuar con lealtad, sin ejercer maniobras dilatorias u obstruccionistas, sin distorsionar el proceso, y contribuyendo al normal desarrollo de este último".
“Ha resuelto que cualquier incidente planteado por las partes o terceros será interpretado en forma restrictiva, por lo que únicamente circunstancias de índole excepcional podrán ser admitidas y debatidas en esta instancia del proceso, toda vez que, como hemos visto, la prioridad radica en el inmediato dictado de la sentencia de fondo".
“Nuestro más alto tribunal ha dispuesto que, en primer lugar, resulta imprescindible e impostergable 'el inmediato dictado de la sentencia definitiva' por parte del juez de primera instancia; ha priorizado 'la rápida finalización del proceso'”.
“Con este objetivo en miras, el máximo tribunal destacó que las partes y terceros deberán observar el cumplimiento estricto del deber de buena fe procesal, es decir que deberán actuar con lealtad, sin ejercer maniobras dilatorias u obstruccionistas, sin distorsionar el proceso, y contribuyendo al normal desarrollo de este último".
“Ha resuelto que cualquier incidente planteado por las partes o terceros será interpretado en forma restrictiva, por lo que únicamente circunstancias de índole excepcional podrán ser admitidas y debatidas en esta instancia del proceso, toda vez que, como hemos visto, la prioridad radica en el inmediato dictado de la sentencia de fondo".
“Con el fallo dictado por la Corte Suprema, se coloca en primer lugar el necesario dictado de una sentencia definitiva en el caso, resolviéndose sobre la cuestión de fondo debatida en punto a la constitucionalidad y aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley de Medios; en este orden de ideas, resultará indispensable asegurar la estricta observancia del deber de buena fe en el proceso por las partes y terceros, a fin de no perjudicar en modo alguno el normal desarrollo de la causa y obtener la pertinente decisión judicial”.
Gustavo López, subsecretario de la Presidencia
“El fallo descarta prolongar la medida cautelar del Grupo Clarín, porque ni siquiera la trata”, opinó López al ser consultado porInfobae sobre su interpretación de la sentencia.
Subrayó, además, que por otro lado, “reiterando lo que ya había dicho en el fallo del 22 de mayo, le pide al juez que dicte sentencia de fondo, que se pronuncie sobre la constitucionalidad o no de la ley”.
“Lo que dice es que terminen con esto y dicten sentencia de fondo”, aseguró, y resaltó que es lo que el Gobierno pide hace tres años.
López señaló que en el caso de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 161 (el referido a la desinversión y sobre el cual el Grupo Clarín ha hecho el planteo) quedará en suspenso hasta que resuelva la Corte.
Admitió, en ese caso, que entonces es posible que el Gobierno recurra al instrumento deper saltum para pedir que la Corte Suprema se aboque a resolver la cuestión, aunque enfatizó que “es sólo una de las posibilidades”.
“Todos estamos buscando que esto se resuelva cuanto antes; lo que queremos es que haya una sentencia de fondo y que terminemos con la especulación de los amparos”.
El funcionario calificó el fallo como “muy importante porque va al fondo de la cuestión”, y aclaró: “Siempre creímos en la constitucionalidad de la ley; ahora lo que queremos es que se avance con el fallo definitivo”.
Stella Maris Córdoba, diputada por el Frente para la Victoria y miembro del Consejo de la Magistratura
“La Corte impulsa una aplicación inminente de la ley independientemente del interés que representen las partes involucradas”, observó la diputada de Córdoba, quien ha sido una de las figuras del oficialismo que más han opinado sobre el tema en el último tiempo debido al lugar que ocupa en el Consejo de la Magistratura.
Según indicó, el máximo tribunal “interpreta que una medida cautelar es un pronunciamiento provisorio que no puede volverse permanente”.
En ese sentido, explicó que “por ello exhorta al magistrado de primera instancia a resolver la cuestión de fondo de manera inmediata y repele posibles chicanas procesales”.
Martín Sabbatella, titular del Afsca
“Lo que acaba de hacer la Corte es ratificar la fecha del 7D, al no prorrogar la medida cautelar, así que seguimos trabajando con el 7D, y todos tendrán que presentar su plan de adecuación antes de ese día”, indicó el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) en declaraciones a Radio Del Plata.
Fuente: Infobae
Etiquetas: 7D, Ley de Medios
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