domingo, 11 de marzo de 2012

Cambios en los mecanismos de funcionamiento del directorio de Afsca

Buenos Aires , 07/03/2012
Decreto Nº 319/2012 - Servicios de Comunicación Audiovisual
Modifícase el Decreto Nº 1.525/09 que estableció las previsiones
necesarias para el funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios
de Comunicación Audiovisual.
Buenos Aires, 6 de marzo de 2012
Boletín Oficial: 7-3-2012
VISTO la Ley Nº 26.522 y el Decreto Nº 1525 del 21 de octubre de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.522 se regularon los servicios de comunicación
audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina.
Que por la citada ley se creó la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA), organismo descentralizado y
autárquico en la órbita del Poder Ejecutivo Nacional.
Que por el Decreto Nº 1525/09 se establecieron, entre otras medidas,
las previsiones necesarias para el funcionamiento de la Autoridad
Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).
Que en el Artículo 2º, inciso i, del mencionado decreto se dispuso que
el Directorio funcionará con la presencia del Presidente o quien lo
reemplace, adoptando sus resoluciones por mayoría simple de los
directores presentes, que el Presidente o quien lo reemplace tendrá en
todos los casos derecho a voto, y a doble voto en caso de empate; y
que el Directorio sesionará al menos una vez cada tres (3) meses, o
cuando lo solicite el Presidente del Directorio.
Que a los fines de dar una mayor eficiencia y transparencia al
funcionamiento del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA), resulta pertinente modificar la
norma en cuestión.
Que el Servicio Jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas
por el Artículo 99, incisos 1 y 2, de la Constitución Nacional.
Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1.- Sustitúyese el inciso i del Artículo 2º del Decreto Nº
1525 del 21 de octubre de 2009 por el siguiente: "i) El Directorio
funcionará con la presencia del Presidente o quien lo reemplace,
adoptando sus resoluciones por mayoría simple de los directores
presentes. Las resoluciones emanadas de la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) serán suscriptas en
forma conjunta por el Presidente y por el Director designado por el
Poder Ejecutivo Nacional. El Presidente o quien lo reemplace tendrá en
todos los casos derecho a voto, y a doble voto en caso de empate. El
Directorio sesionará al menos una vez cada tres (3) meses, o cuando lo
solicite el Presidente del Directorio."
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
FERNANDEZ DE KIRCHNER.- Juan M. Abal Medina.
Tipo de documento: Decreto
Número de Documento: 319/2012
Origen: Presidencia de la Nación
Jurisdicción: Nacional
Lugar: Buenos Aires
Firma: FERNANDEZ DE KIRCHNER.- Juan M. Abal Medina.
Medio de Publicación: B.O.
Fecha: 07/03/2012

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