Córdoba: revocan pedido de inconstitucionalidad de la LSCA
El planteo judicial se basaba en entender que el
derecho constitucional a la libertad de prensa (art. 14 de la Carta Magna ) no es un
derecho absoluto sino susceptible de restricciones a su ejercicio que
válidamente pueden establecerse para ordenarlos a las exigencias del bien
común, según explicaron miembros del Poder Judicial.
"La empresa tendrá que cumplir con todas las pautas de
la ley, de la no transferibilidad,de la cantidad de medios que se pueden
poseer, por supuesto, la adecuación a todo el resto de la ley de medios y
demás", expresó el Dr. Luis Rueda, Presidente de la Cámara Federal de
Apelaciones.
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