viernes, 28 de junio de 2013

Ecuador, Argentina y Uruguay: por más voces, más medios, más democracia

(Mercedes Acosta - Usina de medios) Si bien las leyes de medios de estos países son distintas y tienen sus particularidades, con avances, retrocesos, idas y vueltas empezó a formarse un nuevo modelo de comunicación en Latinoamérica. Tras años de debates y presiones políticas, Argentina, Ecuador y Uruguay abrieron un punto de partida para que este nuevo escenario sea posible.
A casi 4 años de ser presentada en la Asamblea Nacional de Ecuador, el pasado viernes 14 de junio se sancionó la Ley Orgánica de Comunicación en ese país. El proyecto impulsado por el Movimiento Alianza País (AP), del presidente Rafael Correa, fue aprobado con un alto consenso por parte de la cámara legislativa al recibir 108 votos a favor y 26 en contra. Al igual que sucede en Argentina, esta ley fue y es muy cuestionada por los grande medios de comunicación. Tal es así que organizaciones como la SIP; el Comité para la Protección de los Periodistas; la Organización estadounidense Human Rights Watch; la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP); representantes del diario El Universo y El Comercio; la ONG Fundamedios; y la Asociación Colombiana de Editores de Diarios y Medios Informativos (Andiarios), que se definen como defensores de  la “libertad de prensa”,  se opusieron fervientemente a dicha medida y la calificaron como una “ley mordaza”.
Tanto en Ecuador como en Argentina, el marco regulatorio de los medios de comunicación había sido impuesto por dictaduras militares cuyas medidas neoliberales no solo afectaba lo económico sino también lo cultural. Este escenario fue favorable para que la mayor parte de los medios de comunicación queden en manos del sector privado.  Tal es así que la Superintendencia de Telecomunicaciones estatal de Ecuador informó que el sector privado controla actualmente el 85,5% de las frecuencias radiales y 71% de las televisivas generando una gran desigualdad en la distribución del espectro radioeléctrico. La Ley Orgánica de Comunicación, tal como fue sancionada, establece que un 33% de las frecuencias estén destinadas a medios comunitarios, 33% a públicos y 33% a privados con fines de lucro. Además, promueve mayores espacios de producción nacional en la programación televisiva, así como también porcentajes de música producida en Ecuador en las radioemisoras.
Asimismo, la Ley expone la normativa para el funcionamiento de los medios públicos, garantiza el ejercicio profesional y los derechos laborales y crea como órgano regulador a la Superintendencia de Información y Comunicación, que se encargará de la "vigilancia, auditoría, intervención y control" y tendrá "capacidad sancionatoria" sobre la actuación de los medios.
Otro órgano que propone esta Ley es el Consejo de Regulación de Medios, que regulará el acceso a la información, contenidos y franjas horarias, elaboración de reglamentos y de informes para la adjudicación de frecuencias, entre otras competencias. Entre las novedades de la ley figura el "linchamiento mediático", que tiene como objeto controlar si por medio de la publicación reiterada de informaciones se intenta desprestigiar o reducir la credibilidad de personas físicas o jurídicas. Este punto es muy cuestionado por los sectores que se oponen a la ley ya que argumentan que posibilita la censura previa.
Para los medios comunitarios, la ley establece que el Estado deberá asegurar su financiación. Por aspectos como este, el texto fue apoyado por la principal organización indígena del país, la Conaie. Además, uno de los artículos establece que al menos 10% del presupuesto privado para publicidad se destine a medios comunitarios.  Por otro lado, la norma establece la creación de medios públicos y medios públicos de carácter oficial. Los primeros se crearían a través de decreto, ordenanza o resolución, según corresponda a la naturaleza de la entidad pública que los crea. Estos pueden constituirse también como empresas públicas. Los segundos podrán ser creados por las funciones del Estado y los gobiernos autónomos descentralizados. Tendrían como objetivo principal difundir la posición oficial de la entidad pública que los crea en relación a los asuntos de su competencia y los de interés general de la ciudadanía.
Esta Ley tuvo un largo recorrido hasta ser sancionada: la Constitución aprobada en 2008 dispuso a la Asamblea nacional la redacción y aprobación de la ley de Comunicación, permaneció en la agenda legislativa durante tres años y ocho meses hasta ser aprobada, fue sometida a consulta popular en 2011 obteniendo el consenso de la mayoría de la población, y su debate fue suspendido 5 veces por presiones políticas. Finalmente el pueblo ecuatoriano hoy cuenta con una nueva ley de medios sancionada en democracia. Al respecto, el presidente Rafael Correa destacó que contiene aspectos positivos que garantizarán el ejercicio responsable del periodismo en el país, “es tan pertinente esa nueva Ley de Comunicación, que impida tanto abuso, tanto atentado a la independencia judicial, tanta manipulación. Felizmente, la Asamblea Nacional por fin hará cumplir el mandato del pueblo ecuatoriano, es una contribución magnífica, que pronto la seguirán otros países".
La Ley Orgánica de Comunicación se inscribe en el nuevo rumbo democratizador de las comunicaciones que se viene impulsando en América Latina, cuyo antecedente más significativo es la Ley de servicios de comunicación Audiovisuales de Argentina. Si bien desde octubre de 2009 Argentina cuenta con un  nuevo marco regulatorio para los medios de comunicación, el grupo Clarín se presentó a la justicia para reclamar su inconstitucionalidad y desde ese momento se viene dando una dura batalla judicial que impide la plena aplicación de la Ley.  El 14 de diciembre de 2012 el juez Horacio Alfonso, a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 1, declaró constitucionales los artículos impugnados por el Grupo Clarín y levanta la medida cautelar vigente, que es ratificada por la Cámara días después.  Al año siguiente,  en abril de 2013 la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial declaró inconstitucionales los artículos 45 y 48 de la ley de medios, como había pedido el Grupo Clarín. Pero a la vez confirmó la vigencia de otros dos artículos de la norma. Y finalmente el 11 de junio de 2013 la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial declara admisibles los recursos extraordinarios planteados por el Estado nacional (representado por la Jefatura de Gabinete), la Afsca, Cablevisión SA y Grupo Clarín SA, por lo cual será  la Corte Suprema de Justicia que tendrá la última palabra.   
El ejemplo de Argentina y Ecuador abrió el debate en otros países de la región que también tienen leyes de medios desde hace más de 30 años y necesitan un nuevo marco regulatorio. Tal es el caso de Uruguay. A mediados de mayo de este año el presidente José Pepe Mujica envió al parlamento un proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El proyecto contiene 13 capítulos y 183 artículos y tiene como principal objetivo contribuir a la libertad de información, la inclusión social, la no discriminación, la promoción de la diversidad cultural, la educación y el esparcimiento, entre otros.  Además, la Ley buscará  la plena transparencia en el proceso de concesión de autorizaciones y licencias para limitar la concentración de estos monopolios. A su vez, prohibirá que empresas audiovisuales ofrezcan servicios de telefonía, y determina que una misma empresa podrá poseer un máximo de tres medios audiovisuales y no más de una frecuencia radial por banda (AM o FM). Según el proyecto de ley, al menos 60% de la programación emitida por cada servicio deberá ser de producción o coproducción nacional. Por otra parte, al menos 30% de la programación nacional deberá ser realizada por productores independientes. El proyecto de ley también prevé un mínimo de dos horas por semana de la programación dedicadas a la agenda cultural. Entre las novedades,  incluye una propuesta de publicidad electoral gratuita tal como se hace en otras partes  del mundo como México y Brasil. También se creará una autoridad de aplicación denominado Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), cuyas responsabilidades serán proponer, implementar, monitorear y fiscalizar el cumplimiento de las políticas del sistema de medios y tendrá una formación plural, independiente y autónoma. Según explicó el prosecretario de Presidencia, Diego Cánepa, esta ley permitirá el “cumplimiento de una necesidad de Uruguay de adecuarse a los más altos estándares internacionales, y para su realización se siguieron recomendaciones de la UNESCO”. Por su parte, el presidente uruguayo afirmó que  "es deber del Estado asegurar el acceso universal  a los Servicios de Comunicación Audiovisual  y contribuir a la libertad de información, la inclusión social, la no discriminación, la promoción de la diversidad cultural, la educación y el esparcimiento". Aún no hay una fecha estimativa para que esta ley sea tratada en el parlamento uruguayo, pero ya despierta muchas voces a favor y en contra de esta medida. Para los sectores y movimientos sociales que vienen luchando durante años sobre este tema, lo que sucede en Ecuador, Argentina y Uruguay  constituye no solo un logro importante para estos países sino que marca un antes y un después en toda la región.

FUENTES: Página 12 – Clarín – La Nación – Prensa Latina – Andes Ecuador – Telesur – Cuba Periodistas- Terra 

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