Ecuador, Argentina y Uruguay: por más voces, más medios, más democracia
(Mercedes Acosta - Usina de medios) Si bien las leyes de medios de estos países son distintas y
tienen sus particularidades, con avances, retrocesos, idas y vueltas empezó a
formarse un nuevo modelo de comunicación en Latinoamérica. Tras años de debates
y presiones políticas, Argentina, Ecuador y Uruguay abrieron un punto de partida
para que este nuevo escenario sea posible.
A casi 4 años de ser presentada en la Asamblea Nacional de
Ecuador, el pasado viernes 14 de junio se sancionó la Ley Orgánica de Comunicación
en ese país. El proyecto impulsado por el Movimiento Alianza País (AP), del
presidente Rafael Correa, fue aprobado con un alto consenso por parte de la
cámara legislativa al recibir 108 votos a favor y 26 en contra. Al igual que
sucede en Argentina, esta ley fue y es muy cuestionada por los grande medios de
comunicación. Tal es así que organizaciones como la SIP; el Comité para la
Protección de los Periodistas; la Organización estadounidense Human Rights
Watch; la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP); representantes
del diario El Universo y El Comercio; la ONG Fundamedios; y la Asociación
Colombiana de Editores de Diarios y Medios Informativos (Andiarios), que se
definen como defensores de la “libertad
de prensa”, se opusieron fervientemente
a dicha medida y la calificaron como una “ley mordaza”.
Tanto en Ecuador como en Argentina, el marco regulatorio de
los medios de comunicación había sido impuesto por dictaduras militares cuyas
medidas neoliberales no solo afectaba lo económico sino también lo cultural.
Este escenario fue favorable para que la mayor parte de los medios de
comunicación queden en manos del sector privado. Tal es así que la Superintendencia de
Telecomunicaciones estatal de Ecuador informó que el sector privado controla
actualmente el 85,5% de las frecuencias radiales y 71% de las televisivas generando
una gran desigualdad en la distribución del espectro radioeléctrico. La Ley
Orgánica de Comunicación, tal como fue sancionada, establece que un 33% de las
frecuencias estén destinadas a medios comunitarios, 33% a públicos y 33% a
privados con fines de lucro. Además, promueve mayores espacios de producción
nacional en la programación televisiva, así como también porcentajes de música
producida en Ecuador en las radioemisoras.
Asimismo, la Ley expone la normativa para el funcionamiento
de los medios públicos, garantiza el ejercicio profesional y los derechos
laborales y crea como órgano regulador a la Superintendencia de Información y
Comunicación, que se encargará de la "vigilancia, auditoría, intervención
y control" y tendrá "capacidad sancionatoria" sobre la actuación
de los medios.
Otro órgano que propone esta Ley es el Consejo de Regulación
de Medios, que regulará el acceso a la información, contenidos y franjas
horarias, elaboración de reglamentos y de informes para la adjudicación de
frecuencias, entre otras competencias. Entre las novedades de la ley figura el
"linchamiento mediático", que tiene como objeto controlar si por
medio de la publicación reiterada de informaciones se intenta desprestigiar o
reducir la credibilidad de personas físicas o jurídicas. Este punto es muy
cuestionado por los sectores que se oponen a la ley ya que argumentan que
posibilita la censura previa.
Para los medios comunitarios, la ley establece que el Estado
deberá asegurar su financiación. Por aspectos como este, el texto fue apoyado
por la principal organización indígena del país, la Conaie. Además, uno de los artículos establece que al menos 10% del presupuesto privado para publicidad se destine a
medios comunitarios. Por otro lado, la
norma establece la creación de medios públicos y medios públicos de carácter
oficial. Los primeros se crearían a través de decreto, ordenanza o resolución,
según corresponda a la naturaleza de la entidad pública que los crea. Estos
pueden constituirse también como empresas públicas. Los segundos podrán ser
creados por las funciones del Estado y los gobiernos autónomos
descentralizados. Tendrían como objetivo principal difundir la posición oficial
de la entidad pública que los crea en relación a los asuntos de su competencia
y los de interés general de la ciudadanía.
Esta Ley tuvo un largo recorrido hasta ser sancionada: la
Constitución aprobada en 2008 dispuso a la Asamblea nacional la redacción y
aprobación de la ley de Comunicación, permaneció en la agenda legislativa
durante tres años y ocho meses hasta ser aprobada, fue sometida a consulta
popular en 2011 obteniendo el consenso de la mayoría de la población, y su debate
fue suspendido 5 veces por presiones políticas. Finalmente el pueblo
ecuatoriano hoy cuenta con una nueva ley de medios sancionada en democracia. Al
respecto, el presidente Rafael Correa destacó que contiene aspectos positivos
que garantizarán el ejercicio responsable del periodismo en el país, “es tan
pertinente esa nueva Ley de Comunicación, que impida tanto abuso, tanto
atentado a la independencia judicial, tanta manipulación. Felizmente, la
Asamblea Nacional por fin hará cumplir el mandato del pueblo ecuatoriano, es
una contribución magnífica, que pronto la seguirán otros países".
La Ley Orgánica de Comunicación se inscribe en el nuevo
rumbo democratizador de las comunicaciones que se viene impulsando en América
Latina, cuyo antecedente más significativo es la Ley de servicios de
comunicación Audiovisuales de Argentina. Si bien desde octubre de 2009
Argentina cuenta con un nuevo marco
regulatorio para los medios de comunicación, el grupo Clarín se presentó a la
justicia para reclamar su inconstitucionalidad y desde ese momento se viene
dando una dura batalla judicial que impide la plena aplicación de la Ley. El 14 de diciembre de 2012 el juez Horacio
Alfonso, a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 1,
declaró constitucionales los artículos impugnados por el Grupo Clarín y levanta
la medida cautelar vigente, que es ratificada por la Cámara días después. Al año siguiente, en abril de 2013 la Sala 1 de la Cámara Civil
y Comercial declaró inconstitucionales los artículos 45 y 48 de la ley de
medios, como había pedido el Grupo Clarín. Pero a la vez confirmó la vigencia
de otros dos artículos de la norma. Y finalmente el 11 de junio de 2013 la Sala
1 de la Cámara Civil y Comercial declara admisibles los recursos
extraordinarios planteados por el Estado nacional (representado por la Jefatura
de Gabinete), la Afsca, Cablevisión SA y Grupo Clarín SA, por lo cual será la Corte Suprema de Justicia que tendrá la
última palabra.
El ejemplo de Argentina y Ecuador abrió el debate en otros
países de la región que también tienen leyes de medios desde hace más de 30
años y necesitan un nuevo marco regulatorio. Tal es el caso de Uruguay. A mediados
de mayo de este año el presidente José Pepe Mujica envió al parlamento un proyecto de ley
de Servicios de Comunicación Audiovisual. El proyecto contiene 13 capítulos y
183 artículos y tiene como principal objetivo contribuir a la libertad de
información, la inclusión social, la no discriminación, la promoción de la
diversidad cultural, la educación y el esparcimiento, entre otros. Además, la Ley buscará la plena transparencia en el proceso de
concesión de autorizaciones y licencias para limitar la concentración de estos
monopolios. A su vez, prohibirá que empresas audiovisuales ofrezcan servicios
de telefonía, y determina que una misma empresa podrá poseer un máximo de tres
medios audiovisuales y no más de una frecuencia radial por banda (AM o FM). Según
el proyecto de ley, al menos 60% de la programación emitida por cada servicio
deberá ser de producción o coproducción nacional. Por otra parte, al menos 30%
de la programación nacional deberá ser realizada por productores
independientes. El proyecto de ley también prevé un mínimo de dos horas por
semana de la programación dedicadas a la agenda cultural. Entre las novedades, incluye una propuesta de publicidad electoral
gratuita tal como se hace en otras partes del mundo como México y Brasil. También se
creará una autoridad de aplicación denominado Consejo de Comunicación
Audiovisual (CCA), cuyas responsabilidades serán proponer, implementar,
monitorear y fiscalizar el cumplimiento de las políticas del sistema de medios
y tendrá una formación plural, independiente y autónoma. Según explicó el prosecretario
de Presidencia, Diego Cánepa, esta ley permitirá el “cumplimiento de una
necesidad de Uruguay de adecuarse a los más altos estándares internacionales, y
para su realización se siguieron recomendaciones de la UNESCO”. Por su parte,
el presidente uruguayo afirmó que "es
deber del Estado asegurar el acceso universal a los Servicios de Comunicación Audiovisual y contribuir a la libertad de información, la
inclusión social, la no discriminación, la promoción de la diversidad cultural,
la educación y el esparcimiento". Aún no hay una fecha estimativa para que
esta ley sea tratada en el parlamento uruguayo, pero ya despierta muchas voces
a favor y en contra de esta medida. Para los sectores y movimientos sociales
que vienen luchando durante años sobre este tema, lo que sucede en Ecuador,
Argentina y Uruguay constituye no solo un
logro importante para estos países sino que marca un antes y un después en toda
la región.
FUENTES: Página 12 – Clarín – La Nación – Prensa Latina –
Andes Ecuador – Telesur – Cuba Periodistas- Terra
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