martes, 5 de noviembre de 2013

Ley de Medios Constitucional: El fallo completo de la Corte

 


En este enlace podrá acceder al fallo completo de la Corte Suprema.

A continuación, adjuntamos el esquema explicativo de la decisión:

Constitucionalidad general de la Ley de Medios
1) Mayoría: Lorenzetti, Highton, Petracchi, Argibay, Maqueda y Zaffaroni.

La mayoría, en este aspecto, surge de los votos de los jueces Lorenzetti y Highton (en forma conjunta), Petracchi, Argibay, Maqueda, Zaffaroni. 
Los principales argumentos son los siguientes:  
La ley 26522, en cuanto regula la multiplicidad de licencias de modo general, es constitucional, porque es una facultad del Congreso, cuya conveniencia y oportunidad no es materia de análisis de los jueces. Por otra parte, el análisis constitucional es ajeno a los conflictos futuros que puedan presentarse con la aplicación de la ley, que son materia de otros pleitos.
La Corte Suprema ha dicho que la libertad de expresión es, entre las libertades que la Constitución consagra, una de las que posee mayor entidad, al extremo que, sin su debido resguardo existiría tan solo una democracia nominal.
La libertad de expresión, en su faz individual, admite una casi mínima actividad regulatoria estatal, y ha sido fuertemente protegida por esta Corte en numerosos precedentes.
La protección constitucional no se limita a ello, sino que también incluye el derecho a la información de todos los individuos que viven en un estado democrático.
La libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad.  Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes. 
Que la ley es coherente con el derecho de los consumidores a la información (Art 42 CN) lo que significa el acceso a distintas fuentes plurales.
Que también lo es con la defensa de la competencia, como bien de incidencia colectivo (artículo 43 de la Constitución Nacional). En la medida en que las ideas y la información constituyen bienes que se difunden a través de los medios de comunicación, si hay concentración, sólo algunas ideas o algunas informaciones llegarán al pueblo, perjudicando seriamente el debate público y la pluralidad de opiniones.
Todo ello exige una protección activa por parte del Estado, por lo que su intervención aquí se intensifica.
Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público y en la cultura, por lo que el interés del Estado en la regulación es incuestionable.
En este contexto constitucional, es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado. 
Los jueces consideran que este tipo de regulaciones es una práctica internacionalmente difundida y aceptada. Citan numerosos precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Declaración de Principios sobre la libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como fallos nacionales e internacionales.
Como consecuencia de ello, cada uno de los votos examina en particular las razones de los textos legales impugnados y concluye que:
Es constitucional el art. 41, en cuanto sujeta la transferencia de licencias a la autorización estatal y establece limitaciones a la enajenación.
Mayoría: Lorenzetti, Highton, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni, Argibay

Es constitucional el art. 45. Apartado 1, inc. c) (24 licencias de cable); Apartado 1, párrafo final (35% del total de habitantes o abonados); Apartado 1, inc b) (no permite ser titular de más de una señal de contenidos);  Apartado 2, incisos c y d (licencia de cable o 1 licencia de TV abierta en orden local); Apartado 2, párrafo final (3 licencias locales); Apartado 3, en su totalidad (1 señal de contenido para titulares de licencias de radio y tv abierta y 1 señal propia para los titulares de licencias de cable).
Mayoría: Lorenzetti, Highton, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni, Argibay

2) Disidencia del Dr Fayt.
El análisis del caso parte de considerar que hay un derecho individual a la licencia que tiene la protección similar a la de un derecho de dominio y que involucra el derecho a la libertad de expresión. Que una restricción que afecte económicamente a la empresa periodística, es una afectación a la libertad de expresión.
Como la licencia se equipara al derecho de dominio, no puede restringirse su disposición, y por ello es inconstitucional el artículo 41 de la ley. Hay otros modos menos restrictivos de controlar los fraudes.
Que las limitaciones del artículo 45 no son proporcionadas ni idóneas para alcanzar los principios de diversidad perseguidos.

Aplicación de la ley: protección de los derechos de propiedad
Mayoría: Lorenzetti, Highton, Petracchi, Zaffaroni.
La mayoría considera que la sentencia debe ajustarse a argumentos de las partes y a los hechos demostrados por ellas en el juicio.
En este sentido, no se ha probado que, al momento del dictado de la sentencia, exista una afectación actual de la libertad de expresión.
Lo que está en discusión es una ley del Congreso y no una decisión del Poder Ejecutivo, lesiva de la libertad de prensa, dirigida contra un particular que pueda dar lugar a la aplicación del precedente  “Editorial Río Negro S.A. c/ Neuquén”, (Fallos: 330:3908). Por el contrario, la ley 26.522 emanada del Congreso no establece reglas dirigidas a afectar a un sujeto y no a otros. La ley establece límites iguales para todos los titulares de licencias. De modo que no corresponde aquí partir de una sospecha de ilegitimidad de la norma con desplazamiento de la carga de la prueba, sino que debe ser el grupo actor quien debe acreditar que la ley afecta sus derechos constitucionales.
De acuerdo con las constancias de la causa, en el caso no se encuentra afectado el derecho a la libertad de expresión del Grupo Clarín, en tanto no ha sido acreditado que el régimen de licencias que establece la ley ponga en riesgo su sustentabilidad económica. La “sustentabilidad” no puede ser equiparada a “rentabilidad”, y en este sentido, hace a la naturaleza propia de un proceso de desconcentración la posibilidad de una reducción consiguiente de los márgenes de ganancia empresaria.
No resulta admisible que sólo una economía de escala, como la que posee actualmente, le garantiza la independencia suficiente como para constituir una voz crítica. Hay numerosos medios pequeños o medianos que ejercen una función crítica y, a la inversa, hay grandes concentraciones mediáticas que son condescendientes con los gobiernos de turno.
No hay en la causa una prueba de que exista una violación de la libertad de expresión derivada de la ley.
La actora es titular de licencias que están protegidas porque integran el concepto de propiedad constitucional.
El modo de proteger estas licencias es la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada. Si así fuera, ninguna ley que proteja el interés general podría ser eficaz.
Ello no quiere decir que, si en la etapa de la aplicación se afectara la libertad de expresión hubiera una distribución discriminatoria de la publicidad o de los subsidios oficiales, la actora no pueda ejercer sus derechos.
Pero no se puede, en esta instancia, proteger un derecho que puede ser o no afectado en el futuro.
Por esta razón declara que el artículo 48 de la ley es constitucional, lo que debe ser interpretado en el sentido de que nadie tiene derecho al mantenimiento de la ley general, siempre que se indemnicen los perjuicios que sufra la licencia individual
El artículo 161, cuyo plazo de encuentra vencido, es constitucional.

Disidencia parcial de Argibay:
Las limitaciones de la ley son constitucionales (art 45), pero la forma de implementarlo no lo es y por eso son inconstitucionales los artículos 48 y 161. El cese simultáneo de todas las licencias, sin flexibilidad alguna, afecta la libertad de expresión. En especial debe considerarse:
a) Espacio radioeléctrico:  en este caso la afectación se  produce si el titular de la licencia no cuenta en esa área con otra licencia para un servicio de comunicación del mismo tipo que le asegure la posibilidad de ejercer su libertad de expresión. Si la tiene, la norma se aplica, y, en caso de que el retiro de la licencia procediese y ello ocasionara daños patrimoniales, una vez probados, deben ser objeto de la correspondiente compensación monetaria.
b) Licencias que no usan el espectro radioeléctrico: la plena ejecución del esquema contenido en el artículo 45 de la ley 26.522 debe esperar al vencimiento de las licencias ya otorgadas o su cancelación por motivos atribuibles al licenciatario. Este motivo puede ser la realización de prácticas anticompetitivas que impliquen abuso del poder de mercado, colusiones anticompetitivas, o en general cualquier práctica anticompetitiva. También puede cesar por deficiencias que puedan presentar las licencias que actualmente explotan las empresas demandantes.
c) Las autoridades pueden establecer un mecanismo de implementación de la LSCA, en especial de su artículo 45, que sustituya al artículo 161 LSCA de modo que no se vean alterados los derechos derivados de las licencias de comunicación audiovisual en curso, a cuyo amparo son desarrolladas actividades protegidas por el derecho a expresarse libremente y recibir información.

Disidencia parcial de Maqueda:
Las disposiciones de la ley que obligan a la actora a desprenderse de las licencias que le fueran otorgadas y prorrogadas por el Estado Nacional en el periodo 1996-2007 violan los derechos constitucionales de propiedad y de libertad de expresión.
La propiedad, en su sentido constitucional, alcanza al titular de una licencia de un servicio de comunicación.
Tanto del otorgamiento y prórroga de las licencias reconocidas por el Estado por un plazo determinado, como de la conducta desplegada por el Grupo Clarín en consecuencia, se deriva con claridad la existencia de un derecho adquirido, entendido como aquel que ha sido definitivamente incorporado a su patrimonio y, como tal, amparado plenamente por los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional.
Ni el legislador ni el juez podrían, en virtud de una ley nueva o de su interpretación, arrebatar o alterar un derecho patrimonial adquirido al amparo de la legislación anterior.
Pretender asignar el carácter de privilegio a las licencias, como lo sostiene el Estado, dejaría librados a sus titulares y a la totalidad de los medios de comunicación, al simple arbitrio de la administración de turno, afectando de esa forma el principio de seguridad jurídica.
La cuestión no puede enfocarse exclusivamente desde un ángulo patrimonial, pues en el caso, se encuentra en juego el derecho a la libertad de expresión de la actora a continuar con su proyecto comunicacional y de la sociedad a recibirlo. Por eso un conflicto como el aquí planteado, no puede resolverse mediante el mero pago de una indemnización, porque ninguna reparación monetaria podría remediar eficaz e integralmente la lesión a este derecho. En una sociedad democrática, el valor de una información no expresada no puede ser mensurado en términos económicos.

Disidencia de Fayt:
Son inconstitucionales los artículos 41, 45, 48 y 161, y por ello no se aplica ninguna limitación y no hay obligación de desinvertir. Por lo tanto la actora continúa en la misma situación actual, sin necesidad de ajustarse en ningún momento.


Criterios de aplicación
Los ministros hacen referencia a los siguientes aspectos:
- La Corte no tiene la función de establecer si la ley 26.522 se adecúa a los avances tecnológicos, si es obsoleta, incompleta o inconveniente, o si es la mejor posible. Esa es función del Congreso.
La ley y su propósito de lograr pluralidad y diversidad en los medios masivos de comunicación perdería sentido sin la existencia de políticas públicas transparentes en materia de publicidad oficial.
- El Estado afecta la libertad de expresión, si por la vía de subsidios, del reparto de la pauta oficial o cualquier otro beneficio, los medios de comunicación se convierten en meros instrumentos de apoyo a una corriente política determinada o en una vía para eliminar el disenso y el debate plural de ideas.
- Lo mismo ocurre si los medios públicos, en lugar de dar voz y satisfacer las necesidades de información de todos los sectores de la sociedad, se convierten en espacios al servicio de los intereses gubernamentales.
- Es de vital importancia que la autoridad de aplicación sea un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno como de otros grupos de presión.
- En la aplicación de la ley deben respetarse: la igualdad de trato tanto en la adjudicación  como en la revocación de licencias,  no discriminar sobre la base de opiniones disidentes,  ajustarse a los requerimientos del debido proceso en todas sus decisiones y garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso de información plural.


Fuente: http://www.cij.gov.ar

 

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jueves, 5 de septiembre de 2013

Ley de Medios: "Queremos un fallo inmediato y no post eleccionario"

Así lo aseguró a Radio América la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano. La funcionaria habló luego de que el juez de la Corte, Carlos Fayt, declarara enINFOnews que el máximo tribunal se expedirá sobre los artículos pendientes después de las elecciones. Pero Ottaviano reclamó “un fallo inmediato”.

Luego de que el juez de la Corte Carlos Fayt considerara que “no cree” que el máximo tribunal se pronuncie antes de las elecciones legislativas de octubre sobre la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, Cynthia Ottaviano, quien se desempeña como Defensora del Público en el marco de la ley medios, reclamó “un fallo inmediato y no post eleccionario”.

Ottaviano consideró que “en la audiencia pública se evidenciaron los dos paradigmas” y que “la Corte suprema tiene conocimiento de este expediente hace mucho tiempo” por lo que seguir demorando un pronunciamiento respecto a la constitucionalidad de dos de los artículos de la ley no tiene sentido.

“Hemos recibido miles de presentaciones y la ley de medios está vigente. Es muy importante tener el fallo lo antes posible. En argentina la ley de radio y televisión nació en la dictadura, donde marcaban como tenia que ser la comunicación”, lo que genera una necesidad urgente de que la ley sea implementada en su totalidad.

Además Ottaviano consideró que lo positivo de la ley es que “todos podamos hablar en el mismo volumen y todos podamos elegir. El pluralismo informativo se festeja con esta ley. Somos el único organismo del mundo que abre sus puertas a la participación ciudadana. Para elegir tenemos que tener muchos vasos de agua cuando tenemos sed”.

Por último, y para ejemplificar sus críticas al monopolio mediático analizó: “Después de nuestra presentación el grupo Clarín saco un comunicado diciendo que nosotros mentíamos. Inmediatamente presentamos un comunicado diciendo que no había falsedades y eso no lo publicaron. Este es un claro ejemplo del daño social que se puede hacer”.

Fuente: infonews.com

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miércoles, 4 de septiembre de 2013

Fayt: "No creo que el fallo por la ley de medios salga antes de las elecciones"

 El juez de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se refirió a la definición que deberá realizar sobre la disputa por la constitucionalidad de la ley de medios. "La Corte es absolutamente independiente", remarcó a INFOnews.

El juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Carlos Fayt sostuvo que “no cree” que el máximo tribunal se pronuncie antes de las elecciones legislativas de octubre sobre la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Ante la pregunta de INFOnews sobre si había posibilidades de que el fallo se firmara antes de las elecciones, el magistrado fue contundente: "No", respondió. Sin embargo, agregó que  “no se puede decir nada”. “Hemos resuelto por ahora esperar", remató.

“La Corte es absolutamente independiente”, afirmó el magistrado de 95 años en una rueda de prensa, en el marco de un homenaje a su carrera judicial organizado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).


Sobre los 30 años que lleva como miembro de la Corte Suprema, en la que fue designado por Raúl Alfonsín al inicio de su mandato, Fayt expresó que acumuló “un enorme caudal de experiencia y la necesidad de saber que la Justicia tiene que ser lo que es ahora y mejorar todavía”.

“Hay que ir hacia una independencia total de los otros poderes, la nuestra está en este momento. De manera que ustedes (los periodistas) son los jueces de la opinión pública. Pero ésta es una Corte fuerte y sirve al país”, agregó.

Por último, el juez compartió su mirada acerca del mundo político argentino. “El país no tiene ni partidos políticos ni líderes auténticos. ¿Dónde están los grandes líderes, dónde están los grandes partidos? ¿Dónde está un Lisandro de la Torre, dónde está un Juan B Justo, dónde están las grandes figuras políticas del país?”, manifestó.

Fuente: infonews.com


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viernes, 30 de agosto de 2013

Entre intereses económicos y pluralidad de voces

(Por Irina Hauser y Victoria Ginzberg). Clarín dijo que la ley afecta la “sustentabilidad” del grupo. El Estado argumentó a favor de la desconcentración. Si la libertad de expresión requiere de un volumen económico como el del Grupo Clarín, ¿qué ocurre con los demás grupos que no tienen esa entidad? ¿No tendrían libertad de expresión? ¿O deberían ser subsidiados para equipararlos al Grupo Clarín? ¿Cómo se explica que otros medios de comunicación hayan presentado sus planes de adecuación sin invocar ese agravio? Esa fue la pregunta número diez que los miembros de la Corte Suprema les hicieron a los representantes del multimedios durante la audiencia de ayer. Los abogados trastabillaron y la inquietud quedó sin respuesta.

Los únicos

Durante la mañana de ayer, la Corte Suprema interrogó a las partes involucradas en el expediente en el que se cuestiona la validez de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA): el Estado y el Grupo Clarín. El miércoles se habían escuchado a los amicus curiae, o terceros interesados, que el tribunal convirtió en exposiciones a favor de uno u otro.

Las preguntas, que eran leídas por el secretario de la Corte Christian Abritta y transmitidas por escrito en varias pantallas, fueron 59. 17 para Clarín, 36 para el Estado, 6 para un perito. El cuestionario no se limitó a las cuestiones técnicas ni a la discusión constitucional y demostró que los miembros del máximo tribunal tienen bien estudiado el tema. Cada parte fue interrogada sobre los planteos de su oponente. Se indagó sobre el origen de la ley, la necesidad de su existencia, qué se entiende por libertad de expresión, la aplicación actual de la norma y sobre la actividad económica del Grupo Clarín. El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, fue el único que intervino durante el debate, al formular algunas aclaraciones o repreguntas. El resto permaneció callado durante las tres horas y media.

Clarín estuvo representado por los abogados María Angélica Gelli, Alejandro Carrió y Damián Cassino, quienes buscaron reforzar su argumento principal y casi único: que el hecho de tener que desprenderse de licencias de radio y televisión por cable (es decir de su posición dominante en el mercado) condicionaba la libertad de expresión. “Se afecta la sustentabilidad del Grupo Clarín y la afectación a la sustentabilidad afecta la libertad de expresión”, señalaban. “Lo único que se persigue es desguazar al Grupo Clarín”, dijo en el cierre Cassino, de melena anaranjada. Antes había argumentado que “el régimen de multiplicidad de licencias afecta la escala y el alcance del grupo. Cuanto más usuarios existen, los costos se reducen y hacen más posibles las inversiones y si se reduce la escala no se puede mantener la estructura tecnológica”. Afirmó también que el multimedios llevaba invertido en Cablevisión 1400 millones de dólares. Carrió aseguró que “si se altera la red actual, la sustentabilidad del grupo se va a perder y se va a perder la única voz crítica que existe en nuestro país”. En la misma línea, Gelli afirmó en el cierre que el Grupo Clarín “es el único medio que está en condiciones de hacer periodismo de investigación”.

Cuando los interrogaron acerca de si el resto de los medios que no tienen el mismo poderío económico no tienen garantizada la libertad de expresión, se pasaron la pelota. Gelli dijo que la ley establece alternativas para sustentar a los más pequeños, habló de la publicidad oficial y aprovechó para quejarse de un “cepo publicitario”. Lorenzetti les advirtió que no habían contestado.

Otro cuestionamiento que les planteó el tribunal fue si tenían problemas de sustentabilidad antes de la fusión entre Cablevisión y Multicanal y ellos contestaron que sí y que fue esa la razón de la unión. “Si el Grupo Clarín conservaba su estructura no podía permanecer en el mercado”, aseguró Cassino.

Más allá de las precisiones técnicas, fue el titular de la Afsca, Martín Sabbatella, quien respondió durante su presentación final con más vehemencia a la principal idea enarbolada por los representantes de Clarín: “Todas, absolutamente todas las empresas de la Argentina, menos Clarín, presentaron su plan de adecuación voluntaria. A menos que creamos que todos tienen vocación suicida, o que todos tienen ganas de fundirse, no se entiende cómo el resto de las empresas sí están dispuestas a adecuarse voluntariamente. Es mentira que la aplicación de la ley funde a las empresas. Si uno quiere tener una empresa de comunicación audiovisual en la Argentina, el límite de la ley alcanza. Ahora, si alguien quiere tener una empresa de comunicación audiovisual para otros objetivos, si uno quiere tener otra empresa para extorsionar a la democracia, si uno quiere tener una compañía audiovisual para definir el rumbo del país, si alguien quiere tener una empresa de comunicación audiovisual para manipular la opinión pública o para poner y sacar presidentes, obviamente no alcanza” (ver pagina 5).

El Estado

Después de que los abogados de Clarín respondieran todas las preguntas, fue el turno del Estado. La abogada Graciana Peñafort y Daniel Larrache, director de Gestión, Administración y Desarrollo de la Afsca, llevaron la voz cantante. Los acompañaron el economista Horacio Seillant y el constitucionalista Eduardo Bascesat. Todos se acomodaron en el estrado que estaba en el costado izquierdo de la sala de audiencias y comenzaron a responder. El tribunal comenzó con uno de los caballitos de batalla de Clarín: “¿Por qué dicen que la ley está suspendida cuando hay una decisión de la Corte Suprema que establece su plena vigencia?”. Larrache contestó que la ley “se aplica todo lo que puede ser aplicada”.

Muchos interrogantes se formularon de distinto modo a cada parte. A Clarín, por ejemplo, le preguntaron por qué sostiene que la LdSCA, que busca desconcentrar la propiedad y aumentar la pluralidad de voces en beneficio del derecho a la información, afecta la libertad de expresión.

Al Estado, en cambio: “¿Por qué razón la conformación actual del Grupo Clarín obstaculiza los fines previstos por la ley 26.522, en cuanto a garantizar la pluralidad y diversidad de voces y opiniones?”. Peñafort contestó que “por la magnitud tiene posición dominante, marca precios, condiciones de competencia, tiene prácticas predatorias y excluyentes y compra competidores para cerrarlos”.

Una de las preguntas apuntó a cuestionar por qué el Estado ratificó luego de la promulgación de la ley de medios la prórroga de las licencias de servicios de radiodifusión por diez años. “Era necesario para aplicar la ley. Nadie estaría interesado en adecuarse a la ley con una licencia que dure poco tiempo. La prórroga da certezas”, contestó Peñafort.

Los ministros del tribunal también quisieron saber por qué la ley fijó un máximo de 24 licencias para un operador de TV por cable, por qué quienes explotan una licencia de cualquier servicio de radiodifusión no pueden ser titulares de más de una señal de contenido y si la cuota del 35 por ciento del mercado es adecuada para prestar el mejor servicio al menor precio. Sobre las 24 licencias, los representantes del Estado contestaron que se evaluó el punto de inicio y que, en ese sentido, los licenciatarios tenían, en promedio, 1,6 licencias. Dar 24 hacía que sólo dos grupos tuvieran que adecuarse. “Era más que igualitario, con 24 se puede alcanzar el 35 por ciento del mercado y no pueden decir que se vulnera su derecho porque tendrían una compañía quince veces más grande que el promedio de los licenciatarios.” Dijeron también que el titular de una licencia de radiodifusión no puede tener más de una señal de contenidos porque “el que produce puede privilegiar sus señales o puede decidir no incluir señales de la competencias, también tiene que ver con la pluralidad de contenidos”. La pregunta sobre el límite de abonados y el precio del abono la respondió Seillant: “Hay que tener cuidado de no partir de presupuestos falsos, como suponer que economías de escala se trasladan a los precios. ¿Qué garantiza que un costo inferior se traslade a los precios? La única garantía es la competencia. Y eso no ocurre”.

El momento más confuso para el Estado fue cuando Lorenzetti preguntó si las licencias podían ser quitadas sin derecho alguno. “Las licencias se enmarcan en actividades de bien público, no es asimilable a una fábrica de galletitas”, respondió Peñafort. Luego aclaró que “no generaban derechos adquiridos, pero no se quitan discrecionalmente”.

Al llegar al momento de la pregunta 12, el secretario de la Corte leyó: “Si se deseaba reducir la cantidad de licencias del Grupo Clarín, concedidas por el decreto 527/05, ¿por qué no se utilizó la misma vía, es decir un decreto dejándolas sin efecto?”. A Peñafort se le desorbitaron los ojos, se plantó y le dijo a Lorenzetti que era una pregunta mal formulada. Planteada así, la Corte aparecía dando por sentado, como dice el reclamo de Clarín, que la ley de medios fue aprobada sólo para perjudicar a ese holding. Lorenzetti balbuceó alguna aclaración. La abogada insistió con que el objetivo de la ley es “desconcentrar” el mercado.

La Corte también convocó al perito Néstor Alessandría que, con pocas palabras, favoreció en todo al multimedios. A pesar de que muchos de los presentes dieron por hecho que se trataba de un experto “de parte”, es decir, convocado por el Grupo Clarín, en realidad había sido introducido por la Cámara Civil y Comercial, que falló de acuerdo con los intereses de la empresa.

En el cierre, los representantes de Clarín hablaron de la “conducta errática del Estado, por prorrogar las licencias y luego sancionar la LdSCA”, dijeron que “aplicando restricciones no se genera competencia” y que “no hace falta sacar licencias a Clarín para que haya otras voces”.

Sabbatella centró su exposición en cuestionar el fallo de la Cámara Civil y Comercial que “declaró constitucional todo lo que no afecta a Clarín e inconstitucional todo lo que lo afecta”. Y concluyó: “La Argentina tiene un problema en relación con la concentración mediática que nos está lesionando, necesitamos solucionarlo y entendemos, y entendieron los legisladores, que esta es la herramienta para hacerlo. Por nuestra democracia no queremos nunca menos libertad de expresión y nunca más concentración mediática. Está en sus manos si la democracia puede seguir avanzando o retrocedemos”.

Fuente: Página/12

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jueves, 29 de agosto de 2013

Audiencia por la Ley de Medios: Amigos con derechos

“El ideal de la soberanía del mercado no es un complemento de la democracia liberal sino una alternativa a ese sistema. De hecho, es una alternativa a todo tipo de política, ya que niega la necesidad de tomar decisiones políticas que son precisamente decisiones relacionadas con intereses comunes o de grupo en tanto que intereses distintos de la suma de opciones, racionales o de otra clase, de unos individuos dedicados a la procura de sus preferencias privadas.”

Eric Hobsbawm, Las perspectivas de la democracia.

Las audiencias públicas, que la actual Corte Suprema utiliza con intermitencias, son un formato interesante. La teatralización de las posturas sirve para divulgar, la visibilización airea (un cachito) el oscuro y opaco clima de los Tribunales. La realizada ayer reformateó, para peor, el recurso del amicus curiae. Se forzó a los presentantes a “tomar partido”, lo que limitó sus perspectivas. Como señaló el presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales, Horacio Verbitsky, es “una injusta restricción, que polariza y empobrece los términos en discusión”. El neodiseño permitió la intrusión de terceros no alineados, una corrección culposa e incongruente.
Con todas esas objeciones, que no son pocas ni menudas, la audiencia tuvo su funcionalidad. La “Coreo” (uno de cada parte, por turno) aspiró a mostrar imparcialidad, que hará falta en la sentencia. Pero igualó al Estado con un particular que defiende intereses propios en un derrape que huele a pre-juicio.
Se asignó un tiempo preciso y breve a cada expositor. El Poder Judicial es una usina de incoherencia, ayer agregó una más: el esmero por hacer cortito un trámite que se considera muy valioso, encastrado en un pleito que está por cumplir cuatro rozagantes años.
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La seguidilla de participantes (que se detallan en la nota central) no disimuló cuán ceñido es el Club de Amigos del Multimedios Clarín. Habría que revisar bien, pero seguramente (salvo algún aporte de colegas de otras latitudes) ninguno de ellos ha dejado de percibir sueldos u honorarios de la parte actora. Todos defendieron la lógica del capitalismo predatorio versus la de la soberanía democrática. Eso se dirime en este expediente, cuando se lo simplifica y se lo expone a la luz. Ayer se hizo patente, más allá de los ropajes que impuso la Corte.
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El silencio fue el sonido ambiente de la mayoría de las presentaciones. Se alteró cuando habló Miguel Rodríguez Villafañe (ver ponencia completa), titular de la Confederación Argentina de Cooperativas (Cooperar). En tono más emocional que el promedio, el hombre recordó las reglas de la Ley de Radiodifusión dictada durante la dictadura y empeorada por el gobierno menemista. “Eramos tratados como los que no tienen derecho a la palabra, por 29 años se marginó al sistema cooperativo. Tuvimos que perder espacios. Teníamos que esperar al 2009 para acceder a la palabra.” Evocó que Clarín no dijo nada en ese largo período de exclusión mediática de la economía solidaria y sin fines de lucro. Dio ejemplos tangibles sobre abusos de posición dominante, cometidos por el multimedios. “No permitan una concentración que nos arrodille”, exhortó con piel curtida y conocimiento de causa. Los cortesanos lo escuchaban con cara de circunstancias, que en el caso de Carlos Fayt se parecía bastante a la somnolencia. El aplauso estalló entusiasta, muy numeroso, aunque, claro, no unánime. En la plaza de Tribunales sí lo fue: nadie se manifestó en defensa de los poderes concentrados.
En la democracia todos valen uno, en el mercado sin ataduras los peces grandes se comen a los chicos. E imponen su centralidad. El cronista recuerda que Hermes Binner, ex gobernador de Santa Fe, justificó su apoyo a la LdSCA aduciendo entre otros motivos que la dominación de Clarín es también antifederal. De hecho, quien quisiera emitir un mensaje que llegara desde Florencia hasta Rufino (ciudades que están en el extremo norte y sur de su provincia) tenía que pasar por los medios audiovisuales nacionales, que siempre ahogaron la posibilidad concreta de competencia local.
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Entre otros objetivos, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA) busca restringir abusos de posición dominante que imponen límites a la libertad de expresión. Tal es el núcleo que se dirime en el juicio. Hablamos de las maniobras desleales para fagocitar competidores, los “precios predatorios” que excluyeron a medios de pequeño porte, el manejo de las transmisiones del fútbol codificado para premiar o desalentar aliados.
Referirse a monopolios en forma excluyente es una simplificación, explicó el abogado y especialista en comunicación Damián Loreti (CELS): el Estado tiene la potestad de hacer desinvertir cuando se amenace la pluralidad o se alcancen niveles inaceptables de concentración.
El abogado Víctor Abramovich, que habló por la Universidad de Lanús, pronunció una frase redonda, en una exposición brillante: “La libertad de expresión es un bien social”. Contrapuso esa lectura a una visión liberal arcaica del derecho, que tutela estructuras que “silencian a sectores de la población”.
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Los amicus de Clarín homologaron a menudo la libertad de expresión con el poderío económico de los medios privados. Tal es la tesis central del deplorable fallo de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial que la Corte debe revisar. Nada hay de casual: la sentencia es en buena medida un copy paste de presentaciones o alegatos periodísticos de los letrados del multimedios.
Su idea es que una empresa poderosa es la mejor (si no la única) garante de la libertad de expresión. Si ese porte se equiparara al de Clarín se llegaría a la absurda conclusión de que es el único adalid de ese derecho, ya que no hay otro conglomerado igual en la Argentina. Y pocos o quizá ninguno comparativamente similares en el mundo. Si se acentúa un argumento falaz se derrapa pronto al ridículo. La Cámara supo hacerlo, ayer se le sumaron quienes se pronunciaron por capitalistas “con espalda”, esto es con poder propio. Poder fáctico, dicho esto sin adjetivar con la sola intención de diferenciarlo de los democráticos que son otra cosa.

Otro toque de sinceridad involuntariamente esclarecedora provino de Asdrúbal Aguiar Aranguren (Observatorio Latinoamericano de la Democracia), quien apuntó que regulaciones como la de la LdsCA son frecuentes en la región, “una tendencia legislativa emergente”. Así es, los regímenes democráticos y populares (los más radicales y también los “templados”) tienen como adversarios temibles a los medios dominantes. El afán de atenuar su omnipotencia se acentuó en el vecindario desde el 2009. Esto es, durante el largo período conseguido por las chicanas de Clarín y la aquiescencia de jueces de todas las instancias (incluidos los Supremos). El dato es llamativo, debería ser ponderado por la Corte que usó la falta de precedentes en el derecho comparado como argumento contra la reforma del Consejo de la Magistratura. La LdsCA no es una argentinada exótica ni una criatura exclusiva del kirchnerismo, sino una de las varias respuestas sistémicas de los sistemas democráticos más vivaces de esta etapa histórica.
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Eliseo Verón fue un destacado académico, sabio en el estudio de la semiología y las comunicaciones. Al cronista le costó asumir que fuera el mismo hombre que habló ayer en el cuarto piso de Tribunales, pero todas las reseñas coinciden y hay que rendirse a la evidencia. Sería mejor pensar que era un clon o un personaje parecido a los actores de Hollywood Lee Marvin o James Coburn.
El fino pensador del pasado pronunció un discurso falsamente naïf acerca de la libertad que proveen las nuevas tecnologías. El pluralismo está garantizado por Internet, Twitter y otras innovaciones, propuso Verón. El razonamiento, amén de trivial, en algún punto colisiona con el eje del razonamiento del multimedios que es la necesidad de grandes empresas capitalistas como sostenes de la libertad de expresión. Si las redes son las garantías, serían superfluos los “fierros” corporativos.
El pobre papel de Verón, vaya otra paradoja, se viralizó en las redes sociales. Los tuits reseñados en el blog Saber derecho lo consignan con certeza y sin piedad.
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Verón integra el elenco de Clarín desde hace añares. También enseña en la Universidad de San Andrés. Pero se presentó en nombre de una ONG (Comité del Consumidor, Codelco). Otro docente de ese centro de estudios aguantó los trapos de la actora.

La posición del Estado fue acompañada por expositores de las universidades públicas de Lanús y San Martín. A la de Moreno se le negó el derecho a presentarse, con argumentos formales. La tensión entre lo público y lo privado tuvo allí otra muestra. Un símbolo, acaso de lo que hay en juego.

La audiencia de hoy, se imagina, será más dialogada, con preguntas y respuestas. La funcionalidad cabal de ambas se conocerá cuando se dicte la sentencia. Más allá de las virtudes que les reconoce esta crónica, cabe esperar que no hayan sido un artilugio para seguir el pronunciamiento de la Corte que será un hito en la historia del sistema democrático, salga pato o gallareta.

Por Mario Wainfeld

Fuente:  Página 12


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miércoles, 28 de agosto de 2013

Distintas voces en apoyo a la Ley de Medios

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Les dejamos los audios de distintas personalidades y referentes cooperativistas entrevistados durante la cobertura especial solidaria que acompañó desde la plaza la primera jornada de la audiencia por la Ley de Medios:





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Audiencia por Ley de Medios: Amicus Curiae en representación de Cooperar

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Adjuntmos el texto completo del Amicus Curiae del Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, en representación de la Confederación Cooperativa de la República Argentina (COOPERAR), aceptado para la función antes expresada, por el Estado Nacional.

Amicus Curiae de Dr Miguel Julio Rodríguez Villafañe


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Audiencia por Ley de Medios: “El pluralismo informativo es una necesidad de la democracia”

Así lo sentenció Miguel Rodríguez Villafañe, abogado constitucionalista y presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho a la Información y Comunicación, quien representó a la Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar) como amicus curiae por la parte del Estado.

“No permitan concentraciones que excluyan. Trabajen por el bien del país, como me consta que van a hacer, y declaren integralmente constitucional a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”, requirió el letrado a los jueces de la Corte Suprema de Justicia, durante la audiencia pública que se celebra en el Palacio de Tribunales.

En representación de Cooperar, que encarna a 3 mil estructuras cooperativas del país que llegan a más de 10 millones de personas, acentuó que “el pluralismo informativo es una necesidad de la democracia y no del mercado, por el contrario, si el mercado no es controlado con seguridad tenderá a la concentración”.

En ese sentido, subrayó que “por 29 años se marginó la palabra al sector cooperativo y de la economía solidaria, que perdió espacios, tal como fue el caso de Zapala, que tenía su propia antena comunitaria para la gente de Neuquén hasta que fue intimada por el Estado a que dejara de prestar ese servicio porque sólo podían hacerlo las entidades comerciales”.

“El tener exceso de licencias les permite eliminar a la competencia que luego dicen que hay que preservar. La concentración sanciona al interior, no permite que crezca la democracia local, ni la provincial, porque tampoco dan participación”, indicó Rodríguez Villafañe sobre el Grupo Clarín.

El abogado constitucionalista y presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho a la Información y Comunicación remarcó la relevancia de la norma en el sector solidario, al exponer en nombre de la Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar).

“El cooperativismo está vinculado a la necesidad de garantizar la libertad de expresión en donde cada uno tiene voto y palabra, en donde todos son iguales, y casualmente con este sector se ensaño la ley que felizmente derogó la norma Nº 26.522”, destacó.

Rodríguez Villafañe fue el cuarto amigo del Tribunal por parte del Gobierno nacional que argumentó ante la Corte sobre la validez constitucional del artículo 45, apartado 2, incisos c y d, y párrafo final, y apartado 3.

Por último, el letrado mencionó que uno de los bancos involucrados en la deuda externa argentina, Goldman Sacks, fue propietario de acciones del Grupo Clarín y concluyó: “No permitan una concentración que nos arrodille”, mientras despertó los primeros aplausos del auditorio.
 
Fuente: Ansol
 
 

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martes, 27 de agosto de 2013

Ley de Medios: “La puja es entre dos modelos de medios de difusión”

Rodriguez-VillafañeMiguel Rodríguez Villafañe, abogado constitucionalista y presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho a la Información y Comunicación dialogó en Desde el Barrio con Carlos Aira y Carla Pelliza sobre la movilización a Tribunales que se llevará a cabo el miércoles 28 de agosto a Tribunales por la plena vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Respecto a la normativa, Villafañe señaló que “es un momento fundamental para hacer un quiebre en la historia y para que la libertad de expresión sea llevada a cabo con la lógica de la democracia, de la pluralidad y el acceso para todos y no con la de la vieja Ley que priorizaba el negocio para algunos y la falta de palabra para muchos”.
En relación a la audiencia pública que se desarrollará el miércoles 28 convocando al Estado nacional y al Grupo Clarín a exponer sus argumentos, el abogado constitucionalista indicó que se trata de una “audiencia innecesaria, ya que la Corte (Suprema de Justicia) podría fallar con lo que tiene en sus manos, pero no me parece negativo realizarla para que se le muestre a la sociedad cuales son las cuestiones en discusión”.
En este sentido señaló la necesidad de dejar en claro la constitucionalidad de la Ley y resaltar tres pilares fundamentales de la misma: “uno es el que deja en claro que la libertad de expresión es un derecho humano y, como tal, para todos y no para algunos a diferencia de la antigua legislación que lo trabajaba como un negocio para aquellos que querían hacer negocio, con un Estado subsidiario. El segundo pilar es el que se refiere a la distribución de bienes escasos, como son las ondas hertzianas. No es justo que un sector que en algún momento accedió a licencias no se desprenda de las que le sobran para que otros puedan acceder a ellas. El tercer pilar, que es el que está en discusión ahora, es el que pretende que no haya monopolios ni oligopolios en el manejo de la información”
Completó que “Por eso la ley no solo busca garantizar los derechos humanos y redistribuir algo que es escaso, sino que también que no haya algunos que tengan muchos otros bienes, como por ejemplo señales de televisión por cable, en detrimento de otros. Lo que está en discusión es el artículo 48 que indica que se tiene que aplicar la Ley contra los monopolios y la necesidad de un límite a la cantidad de licencias, aun en aquellos espacios que no son bienes escasos como sería la televisión por cable”.
Finalmente, Rodríguez Villafañe concluyó que no se trata de “una puja entre dos particulares, sino entre un modelo de medios de difusión y otro modelo. La discusión de fondo tiene que ver con la lógica con la cual se encara la libertad de expresión de acá al futuro”.
Fuente: Radio Gráfica

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Ley de medios: Sabbatella confía en que la audiencia pública sea "el paso previo a la resolución definitiva"

El presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, confía en que la audiencia pública que convocó la Corte Suprema de Justicia para el miércoles "sea el paso previo a la resolución definitiva" del conflicto judicial que impide la aplicación plena de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada hace cuatro años.

En este mismo sentido, Sabbatella subrayó en diálogo con Télam su deseo de que la resolución del máximo tribunal llegue "lo antes posible" debido a la "gravedad institucional" que implica que una "ley de la democracia, votada por la mayoría del Parlamento, lleve cuatro años frenada" por un grupo económico que "no quiere renunciar a sus privilegios".

"Espero que la audiencia pública sea el paso previo a la resolución definitiva de esta situación y que la ley pueda aplicarse en forma integral", señaló Sabbatella, en referencia a la ley 26.522, que no puede aplicarse plenamente debido a que el grupo Clarín cuestionó ante la Justicia la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la norma.

El 10 de octubre de 2009, el Senado de la Nación aprobó con 44 votos a favor y 24 en contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual número 26.522, que reemplazó el decreto-ley 22.285 sancionado durante la última dictadura militar.

Su sanción estuvo precedida por un extenso y nutrido debate por parte de 300 organizaciones de la sociedad civil, pero su aplicación quedó frenada por una medida cautelar otorgada al Grupo Clarín, que dejó en suspenso la aplicación de los artículos 45 y 161 de la norma, que regulan las transferencias de licencias y los plazos de aplicación.

"A partir de ese momento, hubo cinco opiniones de la Justicia, cuatro de ellas fueron a favor de la constitucionalidad de los artículos (fiscal de primera instancia, juez de primera instancia, fiscal de la cámara y Procuración General de Justicia de la Nación) y una sola plantea la inconstitucionalidad (cámara)", sintetizó Sabbatella.

Como el conflicto no alcanza resolución, se acudió a la Corte Suprema de Justicia para que se pronuncie, haciendo uso del per sáltum, un mecanismo recientemente sancionado por el Poder Legislativo para saltear instancias judiciales cuando "la gravedad" del problema así lo amerite.

"La Corte entendió que necesitaba esta audiencia pública, y nosotros colaboramos en acercarles los elementos necesarios", consignó el titular de la Afsca.

El próximo miércoles 28 de agosto a las 10, representantes del Estado nacional y del Grupo Clarín se darán cita en el cuarto piso del Palacio de Tribunales convocados por la Corte Suprema de Justicia, para presentar sus argumentos respecto a la constitucionalidad de la Ley de Medios que defiende el Poder Ejecutivo, y la inconstitucionalidad que plantea el grupo mediático.

Esta audiencia será de carácter informativo y contará con la participación de diez organizaciones intermedias bajo la modalidad de amicus curiae (amigo de la corte), que son terceros que sin tener parte directa en el litigio argumentan a favor o en contra de los artículos cuestionados, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.

Habrá cinco ONG de cada lado (a favor y en contra), que dispondrán cada una de 15 minutos para exponer sobre aspectos específicos de los puntos de la norma que siguen bajo controversia: el límite a la cantidad de licencias, la utilización del espectro radioeléctrico, la posición dominante en el mercado de la TV de pago y, sobre todo, la cláusula de desinversión que permanece todavía frenada judicialmente por el Grupo Clarín.

El máximo tribunal avaló además la participación en la Audiencia de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, que encabeza Cynthia Ottaviano, como amicus independiente.

La audiencia estará presidida por el titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, e integrada por los ministros Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni.

 Fuente: Telam


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lunes, 26 de agosto de 2013

El COFECA solicitó que la Corte se expida sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios

A través de un comunicado, el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual requirió a la Corte Suprema de Justicia que “no prolongue más el tiempo de análisis de los artículos de la normativa, que son cuestionados por el Grupo Clarín, y que dé una definición para la aplicación integral de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”

“No se puede seguir dilatando en el tiempo una definición que es requerida no sólo por todos los actores de la comunicación, sino por todas aquellas organizaciones y foros que se movilizaron y trabajaron para tener una legislación de avanzada a nivel mundial, que abarca y contiene a todos los sectores sociales que quieren vivir en un país más justo e inclusivo, un país que necesita de medios democráticos. Hoy vemos y padecemos esa falencia, con las corporaciones mediáticas presionando de manera salvaje no sólo al gobierno, sino a todo aquel que no comulgue con sus intereses, que claro está no son los del pueblo argentino”, señaló el titular del COFECA, Pedro Báez.

Los integrantes del Consejo recordaron que “la Ley de Medios es el fruto de un proceso de profundo debate democrático, de foros, audiencias públicas, charlas y movilizaciones, que tuvieron la participación activa y comprometida de organizaciones sociales, de derechos humanos, de universidades nacionales, de pueblos originarios, sindicatos, empresas pymes, cooperativas y comunitarias, y que se desarrollaron en todo el país”.

Además, agregaron que: “Quienes cuestionan su constitucionalidad y encuentran en la justicia cómplices para dilatar su aplicación tienen un claro y único objetivo: fortalecer su posición de poder económico dominante”.

“El COFECA, como órgano con representación federal y de todos los sectores involucrados en la comunicación audiovisual reafirma una vez más, su plena convicción del carácter constitucional y democrático de todos los artículos de la Ley, esperando una pronta resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia”, concluye el comunicado.

Fuente: Afsca


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"Aportaremos la visión de las audiencias"

(Por Gustavo Montiel) Para Cynthia Ottaviano, es "trascendente" que la Corte "se enriquezca" este miércoles con la "mirada democrática y plural" de los públicos. La Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, dialogó con Tiempo Argentino antes de su participación, este miércoles, en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema para profundizar el análisis de la validez constitucional de los artículos 41, 45, 48, y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. 
 La Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, dialogó con Tiempo Argentino antes de su participación, este miércoles, en la audiencia pública convocada por la Corte Suprema para profundizar el análisis de la validez constitucional de los artículos 41, 45, 48, y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.  
–¿Cómo evalúa que la Corte Suprema haya decidido aceptar la participación como amicus curiae de la Defensoría del Público?

–Para la Defensoría del Público es trascendente participar como amicus curiae para poder expresar la perspectiva de las audiencias en una causa clave para la comunicación democrática. Desde hace casi cuatro años empezó a concretarse el cambio de paradigma de la comunicación democrática, reconociendo al público como sujeto de derecho, por eso es positiva esta participación.

–¿Qué expectativas tiene respecto a esta participación?

–Será la primera vez que se tenga en cuenta el punto de vista de las audiencias, de manera que las expectativas giran en torno de poder enriquecer e iluminar a la Corte con esta nueva mirada que podemos aportar, profundamente democrática y plural.

–¿Cómo analiza la convocatoria a la jornada en defensa de la Ley que está organizando la Coalición por una Comunicación Democrática para la audiencia?

–La convocatoria que realiza la Coalición por una Comunicación Democrática está en sintonía con la historia de esta ley, que nació del tejido social de los argentinos y argentinas. Esta lucha empezó hace 30 años y siempre fue expresada en diferentes formas de participación colectiva, desde foros hasta audiencias, marchas y movilizaciones. Se acompañó cada una de las instancias y esta nueva movilización se inscribe en esa tradición colectiva. Ese es el ADN de la ley.

Fuente: Tiempo Argentino


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sábado, 24 de agosto de 2013

Ley de medios: Moreau cuestionó a la Corte y calificó a la audiencia como una “maniobra dilatoria”

El ex senador de la Unión Cívica Radical Leopoldo Moreau sostuvo que la audiencia por la ley de medios convocada por la Corte Suprema "es una maniobra dilatoria" que implica "un severo retroceso democrático".

"No tengo dudas que se trata de una maniobra dilatoria" para la entrada en vigencia del texto aprobado en 2009 por el Congreso nacional, dijo Moreau, quien también lidera la corriente interna radical Modeso, en una carta publicada en su cuenta oficial de Facebook.

Moreau, además, dijo tener la "certeza" de que la Corte "ya resolvió declarar la inconstitucionalidad de un artículo: nada más y nada menos que el que prevé la desinversión".

Además, el ex candidato a presidente de la UCR en 2003 calificó como "insólita" la audiencia citada para el día 28 por poner "en un pie de igualdad al Estado y a un grupo económico para que expongan sobre lo que ya fundamentaron largamente en un proceso judicial que lleva cuatro años de duración".

También dijo que es "indignante" la posibilidad de que participen  cinco ONG por cada parte para que fundamenten las posturas porque "se supone que la Corte conoce el derecho y sobre lo que tiene que fallar es una cuestión de puro derecho, ya que es de carácter constitucional".

En la misiva, Moreau también resaltó que el llamado a audiencia se da luego de las PASO "como si el `clima de época´ fuera lo que determina las decisiones del más alto tribunal de Justicia de la Nación".

"Espero que no utilicen, como argumento para decretar la inconstitucionalidad del artículo de la desinversión, la falacia de que los cables al no circular por el espectro radioeléctrico no son objeto de regulación pública. Sería un fundamento insostenible", agregó.

"Se trata de regular, para que no existan concentraciones mediáticas que actúen como tutores de la opinión pública y, por ende, de la democracia, sin importar el carácter técnico de esa acumulación de herramientas mediáticas", dijo en otro párrafo.

Moreau destacó en el texto que "está en discusión si el Estado tiene -con los resortes legales que corresponden- la facultad de sancionar normas antimonopólicas o si, por el contario, estamos condenados a tolerar la concentración".

"De confirmarse que, al rechazo de la constitucionalidad del artículo madre de la ley de medios, se sumarían sentencias que desfinanciarían el sistema de la seguridad social, estaríamos en presencia de un retorno a un escenario propicio para una restauración neoliberal", concluyó la carta.

Fuente: infonews


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Ley de Medios: "Amigos" de las partes acudieron a la previa de la audiencia pública

El gobierno y el Grupo Clarín enviaron a sus representantes a la reunión preparatoria convocada por la Corte.ONGs como el CELS, Cooperar y la Asociación Argentina de Juristas pidieron ser aceptadas por el Tribunal. En apoyo a la empresa quiso ser incluida Patricia Bullrich, pero fue rechazada porque los requisitos excluyen a los legisladores.

La Corte Suprema de Justicia concretó ayer la reunión preparatoria de la audiencia pública de la Ley de Medios en la que convocó a representantes del gobierno, del Grupo Clarín, y de los terceros interesados en participar como amicus curiae del alto tribunal, así como a la Defensoría del Público, organismo que ya tiene avalada su participación, y que se inscribió en forma independiente de los "amigos" que defenderán las posturas de las dos partes en la pugna judicial. De esta manera, pudieron conocerse algunas precisiones acerca de cómo se desarrollará la audiencia y también circularon versiones –a pesar del cerrado hermetismo– de algunos de los posibles "amicus" de las partes. Antes del mediodía, se presentaron, por parte del gobierno, los abogados Sergio Zurano, director general de Legales de la AFSCA, y Sergio Landin, por la Jefatura de Gabinete, además de Horacio Diez, subprocurador del Tesoro de la Nación. 

En representación del Grupo Clarín concurrieron el abogado Damián Cassino y el letrado constitucionalista Alejandro Carrió. Allí se habría informado que, en relación con el orden en que expondrán las partes, está la posibilidad de que los "amicus" expongan primero y posteriormente lo hagan las partes, exactamente al revés a lo previsto inicialmente. Varias ONG se presentaron como amicus curiae para la audiencia del miércoles. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Cooperar –en representación de las cooperativas– y la Asociación Argentina de Juristas son algunas de las ONG que oficializarán en los próximos días sus postulaciones. De ellas, el CELS y Cooperar tendrían muy altas chances de ser aceptadas por el Estado. 

Otras versiones, sin confirmar, señalaron al Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO) y a un representante de los pueblos originarios de la provincia de Chaco como otros posibles postulantes para ser "amicus". En el caso de los "amigos" de la posición del Grupo Clarín, el hermetismo fue aún mayor. Dos legisladoras pidieron ser escuchadas: por un lado, la diputada Patricia Bullrich, a quien el máximo tribunal rechazó "in límine" porque una de las condiciones para participar de la audiencia es no ser representante de uno de los poderes del Estado o de partidos políticos, entre otros puntos. La otra dirigente política presente en la audiencia fue la senadora María Eugenia Estenssoro, aunque la decisión sobre su aceptación quedó para el martes, cuando la Corte se pronunciará sobre todos los pedidos. Es altamente probable que la audiencia se extienda por más de un día, y que por lo tanto continúe el jueves 29 de agosto. En ese esquema, entonces, primero expondrían los "amicus curiae" aceptados por cada una de las partes, y argumentaría un representante por cada uno de los "amigos".

 Esto terminará de definirse en una acordada de la Corte el próximo martes 27, donde también se sabrá el orden de las argumentaciones. Después expondrían los "amigos independientes", entre los que se encuentra la Defensoría del Público. La estimación es que al día siguiente se concrete el debate de las partes, en diálogo con el tribunal. Cada una dispondrá de treinta minutos para concretar su argumentación. Tras los dos informes principales, "contarán con la facultad de exponer brevemente sus conclusiones y de replicar las argumentaciones de la contraparte, contando cada uno de ellos con un lapso de quince (15) minutos", según el reglamento dispuesto por la Corte el catorce de agosto pasado. La defensora del Público, Cynthia Ottaviano, valoró favorablemente la inclusión del organismo que representa: "Que la Corte haya aceptado el pedido de la Defensoría del Público, creada por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, como amicus para poder iluminarla, enriquecerla con su aporte, como ella pide, lo valoramos positivamente. Las audiencias son reconocidas como sujetos de derecho por la ley y merecen ser escuchadas en este debate clave para la comunicación democrática", destacó.  piden a la corte que no dilate el fallo

 A través de un comunicado, el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual requirió ayer a la Corte Suprema de Justicia que "no prolongue más el tiempo de análisis de los artículos de la normativa, que son cuestionados por el Grupo Clarín, y que dé una definición para la aplicación integral de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual". "No se puede seguir dilatando en el tiempo una definición que es requerida, no sólo por todos los actores de la comunicación, sino por todas aquellas organizaciones y foros que se movilizaron y trabajaron para tener una legislación de avanzada a nivel mundial, que abarca y contiene a todos los sectores sociales que quieren vivir en un país más justo e inclusivo, un país que necesita de medios democráticos. Hoy vemos y padecemos esa falencia, con las corporaciones mediáticas presionando de manera salvaje no sólo al gobierno, sino a todo aquel que no comulgue con sus intereses, que claro está no son los del pueblo argentino", señaló el titular del COFECA, Pedro Báez. 

Los integrantes del Consejo recordaron que "a Ley de Medios es el fruto de un proceso de profundo debate democrático, de foros, audiencias públicas, charlas y movilizaciones, que tuvieron la participación activa y comprometida de organizaciones sociales, de Derechos Humanos, de universidades nacionales, de pueblos originarios, sindicatos, empresas pymes, cooperativas y comunitarias, y que se desarrollaron en todo el país". Además, agregaron que: "Quienes cuestionan su constitucionalidad y encuentran en la justicia cómplices para dilatar su aplicación tienen un claro y único objetivo: fortalecer su posición de poder económico dominante." "El COFECA, como órgano con representación federal y de todos los sectores involucrados en la comunicación audiovisual reafirma una vez más su plena convicción del carácter constitucional y democrático de todos los artículos de la Ley, esperando una pronta resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia", concluye el comunicado.

Fuente: tiempo.infonews.com

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miércoles, 21 de agosto de 2013

Ley de Medios: televisarán en directo la audiencia pública de la Corte

La audiencia del miércoles, la última instancia legal previa al fallo de la Corte sobre la constitucionalidad, será televisada en vivo por los canales interesados. El tribunal informó también que el Centro de Información Judicial realizará la transmisión en vivo de la audiencia a través de su sitio web. 


A través de una comunicación a la prensa sobre las pautas de la cobertura periodística, se informó que la audiencia pública convocada para el próximo 28 de agosto por la Corte Suprema de Justicia, en torno a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, será televisada en vivo por los canales interesados.

El tribunal informó también que el Centro de Información Judicial realizará la transmisión en vivo de la audiencia a través de su sitio web.

La audiencia pública se realizará el miércoles de la semana próxima a partir de las 10 en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, y en ella expondrán representante de las partes –el Poder Ejecutivo y el Grupo Clarín- así como cinco ONGs por cada una de las partes litigantes.

“Los canales de televisión que consideren oportuno realizar transmisiones en vivo, deberán presentarse a las 8.00 del 28 de agosto para garantizar todos los requerimientos operativos”, destaca la comunicación.

Se trata de la última instancia legal previa al fallo de la Corte sobre la constitucionalidad de la norma, sancionada hace cuatro años por el Congreso Nacional y que aún no pudo ponerse en vigencia con todos sus artículos.



 Fuente: Infonews

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jueves, 15 de agosto de 2013

Sabbatella: “Es importante que la Corte resuelva lo antes posible”

Sabbatella

"Nos parece importante que la Corte se aboque al tema y lo resuelva lo antes posible. Hace cuatro años que tenemos una ley votada por el parlamento nacional y sancionada por amplia mayoría, que hace a la defensa de la libertad de expresión, a garantizar el derecho a la comunicación y a la información, y no la podemos aplicar integralmente por las estrategias del Grupo Clarín para sostener su situación de privilegio", señaló el titular del AFSCA, Martín Sabbatella, respecto a la audiencia pública sobre la Ley de Medios convocada por el máximo tribunal, para el 28 de agosto.

"Si la Corte entiende que es necesario tomar este mecanismo de audiencia pública como paso previo para resolver, está bien que se haga. Como siempre, seguiremos colaborando con la Justicia; y esperamos que se acorten los tiempos para la resolución definitiva que tiene que tomar ese tribunal", continúo el funcionario nacional.

Finalmente, Sabbatella reiteró que "en la Argentina no cabe ninguna duda que existe una absoluta concentración mediática y una clara competencia desleal, que lesionan la libertad de expresión y lesionan la democracia. Por eso, es imprescindible que podamos aplicar cuanto antes en forma integral la ley, que es la herramienta que tiene el Estado para evitar las tendencias monopolicas".

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Ley de Medios: Sabbatella "Es importante que la corte resuelva lo antes posible"

El titular de la Afsca, Martín Sabbatella, señaló que es "importante que la Corte Suprema se aboque al tema y lo resuelva lo antes posible", al opinar acerca de la Audiencia Pública sobre la Ley de Medios convocada por el máximo tribunal para el próximo 28 de agosto.

“Hace cuatro años que tenemos una ley votada por el parlamento nacional y sancionada por amplia mayoría, que hace a la defensa de la libertad de expresión, a garantizar el derecho a la comunicación y a la información, y no la podemos aplicar integralmente por las estrategias del Grupo Clarín para sostener su situación de privilegio”, remarcó el funcionario.

Sabbatella dijo que "si la Corte entiende que es necesario tomar este mecanismo de audiencia pública como paso previo para resolver, está bien que se haga. Como siempre, seguiremos colaborando con la Justicia; y esperamos que se acorten los tiempos para la resolución definitiva que tiene que tomar ese tribunal”.

“En la Argentina no cabe ninguna duda de que existe una absoluta concentración mediática y una clara competencia desleal, que lesionan la libertad de expresión y lesionan la democracia", subrayó.

Finalmente el titular de la Afsca consideró que "por eso es imprescindible que podamos aplicar cuanto antes en forma integral la ley, que es la herramienta que tiene el Estado para evitar las tendencias monopólicas”.

Fuente: Télam

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miércoles, 14 de agosto de 2013

Ley de Medios: La Corte Suprema convocó a una audiencia pública para el 28 de agosto

El máximo tribunal dictó un reglamento para que puedan participar, además de la partes y los peritos, 10 ONG en calidad de Amicus Curiae (amigos del tribunal), para referirse a los aspectos conflictivos de la norma.

La decisión se fundamenta en la "trascendencia pública" de la norma, y fuentes del tribunal indicaron que se solicitará a las ONG intervinientes a que unifiquen personerías.

Después de la realización de la Audiencia, la Corte Suprema de Justicia estará en condiciones de fallar sobre la norma sancionada en 2009 por el Congreso Nacional.

Fuente: Telam
                 


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lunes, 5 de agosto de 2013

Ley de Medios: crece el reclamo por un urgente fallo de la Corte

http://rivadavia.com.ar/wp-content/uploads/2013/04/ley-de-medios.jpgEl ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, volvió a criticar la falta de un fallo judicial de fondo de la Corte Suprema sobre la Causa Clarín y la aplicación integral de la Ley de Medios. Además, denunció que "resulta increíble que la justicia tenga paralizada por cuatro años" su implementación, ante las objeciones judiciales presentadas por el holding. "Creo que va a entrar en el libro Guinness (de los récords) del mundo", afirmó Alak sobra una demora judicial que alcanza a la norma aprobada en el Congreso y sancionada en octubre de 2009.

En el Banco Nación, y tras la presentación del nuevo Sistema de Mediación Prejudicial (MEPRE), el funcionario volvió a fijar la posición del gobierno ante la demora, que ya había sido expresada por la presidenta Cristina Fernández y el presidente de la AFSCA, Martín Sabbatella, durante esta semana. "Creemos que la demora excesiva de la justicia en pronunciarse sobre su constitucionalidad debe cesar, no se puede esperar más que una voluntad del pueblo a través de sus representantes esté paralizada", señaló Añak.

"Creo que cuatro años es un plazo insoportable para una democracia, en cuanto a dejar en suspenso una ley que reviste todas las garantías de aprobación", sostuvo el ministro, que también subrayó que la aplicación integral de la norma "va a ser un aporte para terminar con los monopolios en la Argentina y para democratizar la palabra".

El martes pasado, durante la inauguración de una fábrica de lavarropas en la ciudad bonaerense de Cañuelas, la presidenta volvió a recordar la necesidad de que la Corte Suprema defina la constitucionalidad de los artículos 45 y 48 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, al considerar que "cuatro años es mucho tiempo", y bregó para que la norma entre en plena vigencia: "El país, la democracia y todos los argentinos se merecen una ley acorde a los tiempos que vivimos, contra la concentración y los monopolios", afirmó.

El miércoles también Sabbatella reiteró su reclamos por la aplicación integral y volvió a criticar la actitud dilatoria del Grupo Clarín. "Ahora esperamos el fallo de la Corte para poder aplicar integralmente la Ley de Medios que está frenada hace casi 4 años por las trabas del Grupo Clarín", subrayó. «

Fuente: Tiempo Argentino

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lunes, 15 de julio de 2013

Ley de Medios: El momento de la verdad para la Corte

El fallo podría conocerse en agosto, antes de las PASO. El resultado todavía es incierto. Hasta hace poco se especulaba con una mayoría de cuatro por la constitucionalidad, pero en el tribunal creció el enojo con el Gobierno.

La Corte Suprema no habilitará la feria judicial para pronunciarse sobre la validez constitucional de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Pero intentará, se supone, dictar sentencia una vez terminadas las vacaciones, en teoría antes de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto. Las posiciones dentro del tribunal todavía parecen dinámicas, sin una mayoría consolidada entre sus jueces, y van muy atadas a los avatares de la escena política, que está movida en estos días e impide predecir resultados electorales nítidos. A diferencia de la causa por la reforma del Consejo de la Magistratura, donde era cantado que la Corte no haría nada para ponerse en contra a la familia judicial (y lo resolvió en un santiamén), no es tan evidente su posición en el caso Clarín, a pesar de que hasta ahora lo benefició con resoluciones favorables al paso del tiempo y, con eso, la retención de sus licencias.

En los últimos meses la Corte asumió un novedoso papel de liderazgo opositor, allí donde las fuerzas políticas fallan con su incapacidad de ofrecerlo. Es una función similar a la que adoptan ciertos medios, en especial los del Grupo Clarín. A la vez la Corte intenta mostrar que lo suyo supera un mero ejercicio de oposición, y que aspira a pasar a la historia por sus actos jurídicos.

El derrotero de la ley de medios se ha convertido en el marcador del pulso de la política desde su aprobación en 2009. El fallo llegará en el momento de mayor tensión del Poder Judicial con el Gobierno.
La Corte tiene que revisar la decisión de la Cámara de los viajes a Miami que declaró inconstitucionales los artículos 45 y 48 de la LSCA, que definen los límites a las licencias de cable, que ponen tope a la audiencia para cada empresa, prohíben la propiedad simultánea de un sistema de televisión abierta y otro de cable y que limitan a una las señales de distribución propias. También deben expedirse sobre el plazo de desinversión. El Centro de Estudios Legales y Sociales presentó un amicus curiae que los pone también en posición de decidir si llaman a una audiencia pública antes de fallar.

La cocina

Cuentan allegados a la Corte, que hasta hace unos días los supremos estaban cuatro a favor de respaldar la ley y tres en contra. Pero la denuncia que el presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, hizo ante sus colegas de que la AFIP le estaba haciendo espionaje tributario a él, a su hijo y a su amigo, el administrador general Daniel Marchi, potenció el estado de irritabilidad interno.

Dentro de la Corte, las alianzas son móviles y varían con el paisaje. Por estos días, Raúl Zaffaroni –único disidente en el caso del Consejo de la Magistratura– está apartado del bloque mayoritario. En varios despachos se especula con las “verdaderas aspiraciones políticas” de Lorenzetti. Después de la marcha de Justicia Legítima contra el fallo sobre la reforma del Consejo, el juez Carlos Fayt planteó una propuesta de acordada para que magistrados y funcionarios informen sobre su participación en esa protesta con el fin de promoverles acciones legales por discriminación. El decano de los supremos se sintió ofendido porque en la manifestación había muñecos que interpretó que mostraban a jueces con aspecto decrépito. Lorenzetti lo cortó de plano. Fayt no había firmado el comunicado institucional en su respaldo por el affaire con AFIP. Fayt, que no se priva de nada, contrató como abogado personal al titular del Colegio de Abogados, Jorge Rizzo, el impulsor del amparo contra el Consejo que resolvió la Corte.

Cualquier cosa se puede esperar, en este contexto, respecto de la ley de medios. En los despachos cortesanos la versión más escuchada desde hace varias semanas es que Lorenzetti podría avalar la constitucionalidad de la norma pero, a diferencia de la actitud que ha tenido en otros casos, no se puso a gestionar la formación de una mayoría que podrían integrar asimismo Elena Highton de Nolasco y Zaffaroni. El que estaría cerca también es Enrique Petracchi. Juan Carlos Maqueda podría estar en contra según le habría dado a entender al senador Miguel Angel Pichetto. Lo mismo Fayt y Carmen Argibay.

Otras hipótesis que pululan hablan de algún fallo que, aunque avale la constitucionalidad de la ley, favorezca al Grupo Clarín, por ejemplo, reformulando el plazo de desinversión o las proporciones que marcan el tope de licencias. Esas fórmulas pondrían el foco en el derecho de propiedad. La óptica que planteó el viernes en su dictamen la procuradora general Alejandra Gils Carbó consideró que la Cámara ignoró: “la irrenunciable protección de los derechos de las personas a la libre expresión y a la información plural, que resulta incompatible con la elevada concentración de medios de comunicación”.

Contrastes

Era relativamente sencillo para la Corte invalidar la ley que pretendía ampliar el Consejo de la Magistratura para extender la participación ciudadana. Por un lado, el modelo encuentra escasas referencias en el derecho comparado, los supremos se ciñeron a una interpretación de la Constitución sin estudiar demasiado y reforzaron la teoría de que el Poder Judicial y la política no se mezclan o son primas lejanas, para lo cual rechazaron admitir el sufragio universal. Además, el presidente supremo ha construido su legitimidad personal y la del tribunal desde adentro del Poder Judicial mismo. ¿Por qué habría de echar por la borda ese preciado capital? Lo que dejó algo de ruido fue que la Corte reimplantara, como quien legisla, la ley anterior del Consejo.

Con la ley de medios, la Corte dictó fallos que hicieron tiempo. Las espadas más alarmistas del Gobierno comparan esta Corte con la que Franklin Roosevelt terminó por cambiar cuando se oponía a las leyes del Estado de bienestar. En el mismo equipo otros dicen que es una exageración extrema.

En la sentencia sobre el Consejo, la Corte incluyó una lista de fallos donde declaró inconstitucionalidades en temas de interés del Gobierno y otros que ampliaron derechos: desde las leyes de impunidad, la que castigaba la tenencia de estupefacientes para consumo personal, la ley que ponía tope a la indemnización por despido, la de ART en cuanto impedía acceder a una plena reparación ante un accidente laboral, la ley espía, entre otros tantos. La enumeración pretendía destacar su labor de amplio espectro de la última década, que no ha sido frontalmente opositora en sus decisiones, y su función de control de constitucionalidad, que algunas voces del oficialismo empiezan a pensar en quitarle.


Ahora, más allá de la ley de medios, tiene algunos ases en la manga que, según lo que falle, podrían tener consecuencias importantes para el Gobierno: uno son los reclamos de ajustes jubilatorios; otro por el cepo al dólar. Más allá de los planes que pueda tener Lorenzetti, la Corte como tribunal juega su propio poder y su propio liderazgo, judicial y político.

Por Irina Hauser

Fuente: pagina12.com.ar



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